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Capitalización de Pymes de la Región de Murcia

El objeto del presente Programa es el de incrementar los fondos propios de las pymes de la Región de Murcia a través del apoyo a nuevas aportaciones dinerarias al capital social de las sociedades ya constituidas.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA.

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 28 DE OCTUBRE DE 2011

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE CAPITALIZACIÓN DE PYMES DE LA REGIÓN DE MURCIA
Convocatoria Publicada en BORM nº65 de 21 de marzo de 2011
Modificada en BORM nº257 de 08 de noviembre de 2011
Objeto y Beneficiarios

Incrementar los fondos propios de las pymes de la Región de Murcia a través del apoyo a nuevas aportaciones dinerarias al capital social de las sociedades ya constituidas.

Beneficiarios: los socios actuales o futuros -ya sean personas físicas o jurídicas- de Pymes con forma jurídica de sociedad mercantil, que soliciten financiación ajena destinada a la toma de participación en ampliaciones de capital con desembolso del 100% de las mismas que  pertenezcan a cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la pesca, a la acuicultura, al carbón y a la producción primaria de los productos agrícolas del anexo I del Tratado

Ayuda

Subvención de 1,5 p. del tipo de interés del préstamo obtenido por el beneficiario con destino a capital social.

Importe máximo subvención por beneficiario y año: 200.000€ salvo para empresas dedicadas al trasporte por carretera que será de 100.000€.

El préstamo no podrá tener un importe superior a 100.000€, ni plazo superior a 7 años incluido uno de carencia.

Requisitos
  • Las obligaciones derivadas de los préstamos correrán a cargo del socio, no de la sociedad.

  • No se podrán subsidiar las ampliaciones de capital en el caso de que la empresa emisora efectuase una reducción de capital en los últimos 3 ejercicios salvo que sea para compensar pérdidas. 

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


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