Fecha y hora oficiales
Menú de INFO Murcia

ICO - Microcréditos para Emprendedores

El objeto de este Programa es dotar de microcréditos a nuevas actividades empresariales, con especial atención a los emprendedores, al amparo de la Ayuda de Estado n Nº 307/2009-España.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA.

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 09 DE JUNIO DE 2010

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

Descargue Adobe Reader pinchando aquí  Descargue Adobe Reader

Nombre Programa PROGRAMA DE AYUDAS A LA FINANCIACIÓN CON MICROCRÉDITOS PARA EMPRENDEDORES
Convocatoria Publicada en BORM nº39 de 17 de febrero de 2010
Modificada en BORM nº71 de 27 de marzo de 2010
Objeto y Beneficiarios

De conformidad con el Convenio a suscribir entre el Instituto de Crédito Oficial y el Instituto de Fomento de la Región de Murcia, el objeto de este Programa es dotar de microcréditos a nuevas actividades empresariales, con especial atención a los emprendedores.

Empresas radicadas en la Región de Murcia (salvo las dedicadas a la pesca y a la producción primaria de los productos agrícolas del anexo I del Tratado) en alguna de las siguientes categorías:

  • Microempresas, que hayan sido constituidas a partir del 1 de enero de 2009.

  • Autónomos profesionales que, cumpliendo los requisitos de Microempresa, inician una nueva actividad, entendiendo por tales aquellos dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a partir del 1 de enero de 2009.

Ayuda

Subvención de 1 punto de interés de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las Entidades Financieras que tengan suscrito Convenio específico de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial

El importe máximo de la subvención no podrá superar en ningún caso los 30.000 euros.

Las características de las operaciones son:

  • Importe financiado: 100% del proyecto de inversión elegible.

  • Cuantía: Hasta 300.000€

  • Plazo: 5 años (sin carencia o con 1 año de carencia), 7 años (sin carencia o con 2 años de carencia) ó 10 años (sin carencia o con 3 años de carencia) y 12 años (sin carencia ó 3 años de carencia).

Tipo interés ICO:

  • Fijo, según cotización quincenal comunicada por ICO, más hasta 2,15 p.p.

  • Variable, Euribor a 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por ICO, más 2,15 p.p.

Este tipo de interés inicial (fijo y variable) podrá ser modificado a lo largo de la vigencia de la línea por el Instituto de Crédito Oficial (LÍNEA ICO-EMPRENDEDORES 2010).
El ICO bonificará a la empresa, a través de la Entidad de Crédito correspondiente, 1,5% del tipo de interés de la operación, que será aplicado como valor actualizado neto y destinado a la amortización anticipada de capital.

Requisitos
  1. Inversión no iniciada con anterioridad a 1 de enero de 2009, ni finalizada en el momento de presentación de la solicitud.

  2. Plazo máximo de ejecución: 12 meses desde la fecha de la firma de la financiación.

  3. Obligación de mantenimiento de la inversión subvencionada durante cinco años.

Costes elegibles
  • Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano. En el caso de bienes de segunda mano, el beneficiario deberá aportar declaración del vendedor de que el bien transmitido no ha sido objeto de subvención anteriormente así como certificado de tasación del valor de mercado del bien.

  • El importe de los terrenos no podrá exceder del 10% del proyecto de inversión.

  • Adquisición de vehículos turismos ¿excepto para empresas del sector transporte- cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000€.

  • Adquisición de empresas.

En todo caso no se financian: IVA, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

Volver

Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

LOGOS GASTOS COFINANCIADOS FONDO EUROPEO DESARROLLO REGIONAL 2014-2020 (FEDER)
leer más...

LOGOS GASTOS COFINANCIADOS FONDO EUROPEO DESARROLLO REGIONAL 2021-2027 (FEDER)
leer más...

ENDOSO DERECHOS DE COBRO DERIVADOS DE SUBVENCIONES Y CONTRATOS
leer más...