Ayudas y subvenciones
Camino de migas
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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COMPATIBILIDAD DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO CON EL ALTA DE TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA( AUTÓNOMO)
Denominación:
Compatibilidad de la prestación por desempleo con el trabajo por cuenta propia.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Se percibirá el 100 % de la cuantía de la prestación por desempleo con el descuento del IRPF, en su caso, y sin deducción de cotización a la Seguridad Social, durante un máximo de 270 días o durante el tiempo inferior que quede por percibir, siempre que se solicite la compatibilidad en el improrrogable plazo de 15 días a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
Beneficiario:
Perceptor de la prestación por desempleo de nivel contributivo que:
-se da de alta como autónomo o se incorpora como socio/a de sociedades laborales de nueva creación o socio trabajador/a de cooprativ
Gastos elegibles:
Se podrá acceder a esta compatibilidad en estos casos:
-Alta en el Régimen Especial de trabajadores autónomos
-Incorporación como socio o socia de sociedades laborales de nueva creación o socio trabajador o socia trabajadora de cooperativas de trabajo asociado de nueva creación, que estén encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO