Planes de Internacionalización

Camino de migas
Reseña de nuestras actuaciones de RSC en colaboración con empresas y diferentes entidades y organismos
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CONVOCATORIA 2025: Ayudas INFO a la internacionalización de las empresas 2025
Concesión de subvenciones a las empresas de la Región de Murcia que desarrollen proyectos en el ámbito de la internacionalización empresarial, a través de acciones dirigidas a mejorar su posicionamiento en mercados exteriores y facilitar el acceso a los mercados internacionales de sus productos y servicios, así como el aseguramiento de sus cadenas de suministro globales, a través de importaciones estratégicas, mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de internacionalización, destinadas a la apertura de un nuevo mercado o al lanzamiento de un nuevo producto .
¿Quién puede acceder?
PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Solo podrán solicitar estas ayudas aquellas empresas cuyo volumen de exportación, entendiendo por tales las entregas extracomunitarias, en el año anterior a la convocatoria no rebase el 50% de su facturación total.
¿Qué me subvencionan?
Se considerarán costes subvencionables de los previstos en el apartado 2 del artículo 7 de la Orden de 22 de diciembre de 2023 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empresa, los comprendidos en las categorías a), b) y c), que resulten necesarios y estén debidamente justificados en el plan de internacionalización aprobado.
a) Costes derivados de los desplazamientos de la empresa a los mercados objetivo.
b) Costes vinculados a la participación en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional.
c) Costes relacionados con las acciones de marketing internacional.
Para que un plan de internacionalización pueda ser objeto de subvención el total de los gastos elegibles del mismo deberá ser de, al menos, 10.000 euros, sin que puedan exceder de 50.000 euros y contemplar actuaciones correspondientes a un mínimo de dos categorías de gastos subvencionables.
Proyectos no iniciados, o no ejecutados y pagados en más de un 40% antes de la fecha de presentación de la solicitud.
¿Cuánto subvenciona?
La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario no podrá exceder de 30.000 €, con una intensidad a tipo fijo del 60%.
¿Cómo acceder?
Sólo por vía telemática, vía Sede Electrónica (Info Directo)
Plazos
Desde las 9 horas del 2 de jullio de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025 o agotamiento del presupuesto.

900 700 706 // Whatsapp: 608 454 488
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