Ayudas y subvenciones
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Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
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43 días
Hasta el 20 de junio 2024
120.000 euros
Denominación:
Ayudas INFO para fomentar la I+D empresarial en el marco RIS4 Región de Murcia cofinanciadas por FEDER.
MODALIDAD 1: Proyecto Individual
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Intensidades a tipo fijo según el tipo de empresa:
- Mediana empresa: 35%
- Pequeña empresa: 45%
El proyecto no debe estar iniciado en el momento de la solicitud.
Los contratos o acuerdos con colaboradores externos no deberán estar firmados en el momento de la solicitud.
Presupuesto mínimo subvencionable: 50.000.- euros
En ningún caso se subvencionarán aquellas actividades de I+D que habitualmente realiza la empresa y que constituyen su actividad productiva o de comercialización.
En esta Modalidad solo será subvencionable un proyecto por convocatoria.
Beneficiario:
PYMES, personas físicas o jurídicas cualquiera que sea su forma jurídica:
- que desarrollen las actividades del proyecto subvencionado en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
- que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda,
- que cuenten con al menos tres trabajadores consignados en el documento oficial de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondiente al segundo mes anterior a la presentación de la solicitud,
- que ejerzan una actividad económica comprendida en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente RIS4 Región de Murcia, lo cual se verificará de acuerdo con el listado de CNAEs del Anexo II de las bases reguladoras,
- que se encuadren en el objeto, requisitos y costes elegibles del programa del Anexo I de las bases reguladoras.
Gastos elegibles:
1.- Costes de personal
Los costes brutos del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Solo serán subvencionables los gastos del personal que, estando relacionado con la operación, sean necesarios para su ejecución. Se establece un coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros. Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal y quedan expresamente excluidos.
2.- Colaboraciones externas
Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a las actividades de investigación y desarrollo. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará subvencionable
3.- Costes indirectos.
El 25% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
AGRICULTURA/GANADERÍA/PESCA, ENERGÍA, I+D, INDUSTRIA, INDUSTRIA 4.0, INFO, INNOVACIÓN, MEDIO AMBIENTE, OTROS, TICs, TURISMO
51 días
Hasta el 28 de junio 2024
Máximo 30% sobre la inversión elegible
Denominación:
Convocatoria de Ayudas para Actuaciones de Eficiencia Energética en PYME y Gran Empresa del Sector Industrial.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El 30 % de la inversión elegible del proyecto.
Los porcentajes sobre el coste subvencionable siguientes en función del tamaño de la empresa: Gran empresa: 45%, Mediana empresa: 55% y Pequeña empresa: 65%.
Beneficiario:
Las empresas que tengan la consideración de PYME o de gran empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre entre el 07 y el 33 y del 35 al 39 y, las empresas de servicios energéticos.
Gastos elegibles:
Medida 1. Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
Actuaciones de mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales que reduzcan el consumo de energía final en las instalaciones industriales de las agrupaciones de actividad cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en el artículo 6 de las bases.
Inversión mínima: pymes 50.000€ y gran empresa 150.000€
Medida 2. Implantación de sistemas de gestión energética:
La implantación de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía final de las instalaciones industriales de las agrupaciones de actividad cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en el artículo 6 de las bases.
Inversión mínima: pymes 20.000€ y gran empresa 30.000€
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
ENERGÍA, INDUSTRIA, INDUSTRIA 4.0, INFO
145 días
Hasta el 30 de septiembre 2024
Máximo 1.000 euros
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social: Programa 4º. Asistencia Técnica en Economía Social.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía máxima a subvencionar será de mil euros (1.000,00 euros) por asistencia técnica y empresa asistida, que sea valorada positivamente por la Comisión de Valoración.
Si la suma total de las subvenciones a conceder supera el crédito disponible, este se distribuirá entre los solicitantes mediante reparto simple directamente proporcional al número de asistencias realizadas por cada solicitante.
Beneficiario:
Las Organizaciones Empresariales de Economía Social de carácter sectorial e intersectorial, con domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma
Gastos elegibles:
La asistencia técnica prestada por las organizaciones empresariales de economía social a las sociedades cooperativas y sociedades laborales, dirigida a su constitución, siempre que se solicite su inscripción en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a partir del día 1 de octubre del año 2023.
Esta deberá contener al menos: a) Objeto del proyecto, localización de la empresa, antecedentes y experiencia profesional de los socios y estudio de mercado. b) Plan de inversión y plan de financiación. c) En su caso, estudio para la obtención de financiación. NPE: A-250523-3257 Número 119 Jueves, 25 de mayo de 2023 Página 16803 d) Estudio de viabilidad económico-financiera de la empresa, con el cálculo de los índices correspondientes y el cálculo del periodo de recuperación de la inversión, y conclusiones.
Será realizada por las organizaciones empresariales de economía social que posean capacidad legal para ello, y se encuentren inscritas en el correspondiente registro de la Región de Murcia.
Y deberá presentarse en la Dirección General competente en materia de economía social el proyecto completo y definitivo de la asistencia técnica realizada e irá firmada por técnico competente de la entidad solicitante, no admitiéndose anteproyectos de asistencias técnicas a realizar
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, ENERGÍA, I+D, INDUSTRIA, MEDIO AMBIENTE, OTROS, TICs, TURISMO
145 días
Hasta el 30 de septiembre 2024
Máximo 40.000 euros
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social: Programa 3º. Inversiones en Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Las ayudas consistirán en:
a) Subvención a fondo perdido de hasta el 30% de la inversión subvencionable, siendo necesario que la entidad solicitante disponga de fondos propios de una cuantía de al menos un 25% de la inversión subvencionable.
b) Subvención financiera de hasta el 50% del total de los intereses generados por el préstamo concedido por una entidad de crédito durante 2023 y 2024, destinado a la inversión subvencionable.
Cuando el importe del préstamo fuera superior al importe de la inversión subvencionable, los intereses se calcularán de forma proporcional al importe de dicha inversión.
Las ayudas contempladas en el apartado anterior serán compatibles entre sí, no pudiendo superar la suma de ambas el 50% del valor de la inversión subvencionable, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable; ni los cuarenta mil euros (40.000.00 €) por entidad solicitante.
La subvención se calculará sobre las inversiones consideradas subvencionables del artículo 32 de la orden de bases reguladoras, realizadas a partir del 1 de octubre del año 2023 en una cuantía no inferior a doce mil euros (12.000 €) excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable.
Por este Programa no se subvencionarán más de dos préstamos por empresa.
No serán subvencionadas las inversiones realizadas por la entidad solicitante cuando ésta sea socia de la entidad proveedora.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
Gastos elegibles:
Inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del año 2023, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados. Si la mayoría de los socios trabajadores provienen de un expediente de regulación de empleo el proveedor podrá ser la empresa afectada por dicha regulación, en cuyo caso la actividad económica podrá ser distinta a la venta de bienes usados.
Financiar los intereses generados por los préstamos concedidos por entidades de crédito destinados a la inversión subvencionable.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, OTROS, TICs, TURISMO
237 días
Hasta el 31 de diciembre 2024
Máximo 50 %
Denominación:
Ayudas a la Inversión Productiva (Incentivos Regionales)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La intensidad máxima de la ayuda expresada en porcentaje sobre la inversión sería:
- 50 % pequeña empresa
- 40 % mediana empresa
- 30 % grandes empresas.
Beneficiario:
Apoyar a las sociedades mercantiles (pymes y gran empresa) que ejecuten proyectos de inversión industrial, de alojamientos turísticos o instalaciones complementarias en cualquiera de las siguientes modalidades:
- Nuevos establecimientos.
- Ampliaciones de capacidad productiva con creación de empleo.
- Modernización con mantenimiento de empleo.
Gastos elegibles:
Obra civil, bienes de equipo nuevos (al menos el 50% de la inversión), estudios previos del proyecto y activos inmateriales.
Excluido adquisición de terrenos
Requisitos:
- Inversión mínima: 900.000 euros
- Inversión no iniciada a fecha de solicitud de la ayuda.
- Autofinanciación del 25 %.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INDUSTRIA, INFO, OTROS, TURISMO