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Todas las ayudas para empresas, tanto las propias como las de otros organismos e instituciones
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AYUDAS INFO A LA ENTRADA DE INVERSORES PRIVADOS EN EMPRESAS INNOVADORAS. AMPLIADO PLAZO ADMISIÓN SOLICITUDES
Hasta el 02 de julio 2025
Máximo 180.800 euros
Denominación:
Ayudas INFO dirigidas a la entrada de inversores privados en empresas innovadoras con alto potencial de crecimiento -2024
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una cuantía máxima por beneficiario en cada convocatoria de 180.800€.
La intensidad máxima de la subvención podrá ser de hasta el 100% sobre el gasto subvencionable, y su cálculo se hará según la tipología de ronda:
- Ronda Pre-semilla: una subvención de 10.000 euros por los primeros 10.000 euros invertidos más un 10% de las cantidades adicionales aportadas.
- Ronda Semilla: una subvención de 25.000 euros sobre los primeros 160.000 euros invertidos más un 7% de las cantidades adicionales aportadas.
- Ronda Serie A: una subvención de 73.300 euros sobre los primeros 850.000 euros invertidos más un 5% de las cantidades adicionales aportadas.
Las aportaciones realizadas por los inversores privados podrán ser vía capital, prima de emisión o nota convertibles.
Concurrencia no competitiva
Beneficiario:
PYMES con forma societaria mercantil de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, y que cumplan los siguientes requisitos:
- que sean empresas innovadoras con potencial tecnológico y/o escalables.
- que desarrollen las actividades del proyecto subvencionado dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- que su actividad se enmarque en los ámbitos considerados prioritarios en la Estrategia de Especialización Inteligente de la Región de Murcia (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es)
Gastos elegibles:
Según tipología de proyecto, los costes elegibles podrán abarcar los siguientes:
- Costes de personal dedicado al proyecto objeto de subvención, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros.
- Gastos de colaboraciones externas directamente relacionados con el proyecto empresarial: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, consultoría y servicios equivalentes, servicios de dirección y gestión estratégica del proyecto empresarial prestados por expertos externos, entre otros. Máximo: 75% costes del proyecto.
- Gastos de viajes de prospección y asistencia a eventos derivados de desplazamientos de la empresa directamente relacionados con el proyecto subvencionable.
- Inversiones en activos materiales e inmateriales.
- Costes indirectos: 7% de la suma de los costes elegibles del proyecto.
Los proyectos subvencionables podrán ser algunos de los siguientes:
- Proyectos de innovación de producto o proceso.
- Proyectos de inversión productiva.
- Proyectos de digitalización de la gestión y prestación de servicios de la empresa.
- Proyectos de promoción, lanzamiento y posicionamiento de producto o servicio.
- Proyectos de internacionalización de producto o servicio.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

7 días
Hasta el 9 de julio 2025
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de apoyo a las empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Intensidad máxima subvención se calculará en función de los costes elegibles y antigüedad de la empresa:
- Empresas Base tecnológica - hasta el 70%
- Empresas Innovadoras en tecnología- hasta el 60%
- Empresas con modelo de negocio innovador y escalable . hasta el 50%
Beneficiario:
Pequeñas empresas con forma societaria incluida cooperativas que cumplan los siguientes requisitos:
- que estén constituidas desde hace 4 años como máximo a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda
- que operen en el sector RIS4 Región de Murcia: https://www.ris4regiondemurcia.es/
- que sean empresas innovadoras con potencial tecnológico y escalables
- que desarrollen actividades del proyecto subvencionado (proyecto de innovación de productos o proceso, inversión productiva, de digitalización o de comercialización e internacionalización) en un centro de trabajo en la Región de Murcia
Gastos elegibles:
- Costes de personal dedicado al proyecto objeto de subvención, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena.
- Gastos de colaboraciones externas directamente relacionados con el proyecto empresarial: investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, consultoría y servicios equivalentes, servicios de dirección y gestión estratégica del proyecto empresarial prestados por expertos externos, entre otros.
- Costes Indirectos: El 15% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables.
- Costes de inversión en activos materiales: bienes de equipo nuevos vinculados con el proyecto empresarial (maquinaria, equipos de laboratorio y equipos informáticos).
- Costes de inversiones inmateriales: Costes relativos a licencias de software vinculados con el proyecto empresarial.
- Gastos de viajes de prospección y asistencia a eventos derivados de desplazamientos de la empresa directamente relacionados con el proyecto subvencionable.
El presupuesto de gasto subvencionable mínimo por proyecto será de 5.000 euros.
Los gastos elegibles ejecutados, es decir, realizados y pagados hasta la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, no podrán superar el 30% del presupuesto elegible total del proyecto.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

12 días
Hasta el 14 de julio 2025
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas para fomentar la innovación mediante la transformación digital de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por FEDER
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
-Intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles aprobados.
-El importe máximo subvencionable del coste elegible "Adquisición de activos materiales" no podrá exceder el 50% del presupuesto subvencionable del proyecto, y en ningún caso superará el importe de 50.000 euros.
Beneficiario:
PYMES (autónomos y personas jurídicas), que desarrollen actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que estén encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
- Sección C Divisiones 10 a 33
- Sección D, E y F-Divisiones 35 a 43
- Sección H-Divisiones 49 a 52.
- Sección I-Divisiones 55 a 56.
- Sección J-Divisiones 58 a 63.
- Sección M-Divisiones 69 a 74
Gastos elegibles:
-Colaboraciones externas. Serán elegibles los costes de contratación de servicios informáticos, incluyendo los desarrollos a medida, su instalación; asesoramiento técnico específico; consultoría y diagnóstico TIC, así como los costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implantación del proyecto
-Inversiones inmateriales. Software relacionado con el desarrollo del proyecto de transformación digital: Licencias de software, excluyendo el software de propósito general como por ejemplo los sistemas operativos, aplicaciones monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
-Adquisición de activos materiales nuevos
-Coste del informe de auditoría de ciberseguridad. El importe máximo elegible de este coste no podrá superar los cinco mil euros.
-Costes indirectos. Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles
Importe mínimo del proyecto (costes elegibles) 70.000 euros.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

90 días
30 de septiembre de 2025 (antes si se agotase el crédito presupuestario).
Máximo 30.000 euros
Denominación:
PROGRAMA DE APOYO A LOS DIGITAL INNOVATION HUBS (PADIH)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo equivalente de los servicios que reciba la pyme no podrá superar los 30.000 €.
Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.
El solicitante podrá presentar varias solicitudes hasta agotar el importe total de la subvención máxima posible por beneficiario, siempre y cuando se respete también el límite de importe máximo por tipo de servicio para el total de las solicitudes presentadas
Beneficiario:
Pymes válidamente constituidas con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, de cualquier sector productivo.
Gastos elegibles:
Este programa consiste en financiar a las pymes españolas los servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas a través de entidades colaboradoras de los centros de la red EDIH:
- Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías (cuantía máxima 10.000 €)
- Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas (cuantía máxima 20.000 €)
- Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación (cuantía máxima 5.000 €)
Consultar metodología de gestión de esta subvención y listado de centros de la Red EDIH en el siguiente enlace:https://www.eoi.es/es/padih/plataforma
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs

122 días
PROGRAMA KIT DIGITAL COMUNIDADES DE BINES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA
Hasta el 31 de octubre 2025
Máximo 12.000 euros
Denominación:
Ayudas destinadas a la digitalización de las CB, SC con objeto mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida (entre 0 y menos de 50 empleados)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), seis mil euros (6.000 €) o tres mil euros (3.000 €), en función del Segmento al que pertenezca. Las entidades que obtuvieron la condición de beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, podrán solicitar la ampliación de 1.000 euros mediante una declaración de conformidad, a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Beneficiario:
Las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) y del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Gastos elegibles:
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/soluciones-digitales
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
• Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras
• y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs