DESDE 19 ABRIL 2024 HASTA 18 DE JUNIO 2024

¿Cuál es el objeto?

Apoyar a pymes autónomos y pymes comunidades de bienes  en la realización de inversiones productivas y tecnológicas.

¿Qué me subvencionan?

  • Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 50% para pequeñas empresas y del 40% para medianas empresas sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 50.000 €.
  • La adquisición de activos productivos materiales nuevos, realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Inversión no iniciada antes de la presentación de la solicitud.
  • Inversión mínima de 100.000 euros.

¿Cuáles son los gastos elegibles?

  • La adquisición de activos productivos materiales nuevos, realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.
  • Quedan excluidos la compra de terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos
  • Plazo de presentación de solicitudes: la solicitud de subvención se podrá presentar telemáticamente desde las 9 horas del día siguiente de la publicación de esta convocatoria hasta las 24 horas del día 18 de junio de 2024.

¿Plazos de ejecución y justificación?

  • El plazo de realización de los proyectos e inversiones aprobadas comenzará desde la presentación de la solicitud y hasta 12 meses desde la notificación de la Resolución de Concesión de Ayuda. Este plazo podrá ampliarse hasta 6 meses adicionales de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.1 de las bases reguladoras
  • La justificación deberá realizarse en el plazo máximo de 1 mes desde la finalización del plazo de ejecución de inversiones

¿Cómo solicitarla?

Sólo por vía telemática, vía la Sede Electrónica 

Más información

ayudasinfo@info.carm.es

900 700 706