Ayudas y subvenciones

Camino de migas
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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1 días
Hasta el 14 de julio 2025
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas para fomentar la innovación mediante la transformación digital de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por FEDER
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
-Intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles aprobados.
-El importe máximo subvencionable del coste elegible "Adquisición de activos materiales" no podrá exceder el 50% del presupuesto subvencionable del proyecto, y en ningún caso superará el importe de 50.000 euros.
Beneficiario:
PYMES (autónomos y personas jurídicas), que desarrollen actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que estén encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
- Sección C Divisiones 10 a 33
- Sección D, E y F-Divisiones 35 a 43
- Sección H-Divisiones 49 a 52.
- Sección I-Divisiones 55 a 56.
- Sección J-Divisiones 58 a 63.
- Sección M-Divisiones 69 a 74
Gastos elegibles:
-Colaboraciones externas. Serán elegibles los costes de contratación de servicios informáticos, incluyendo los desarrollos a medida, su instalación; asesoramiento técnico específico; consultoría y diagnóstico TIC, así como los costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implantación del proyecto
-Inversiones inmateriales. Software relacionado con el desarrollo del proyecto de transformación digital: Licencias de software, excluyendo el software de propósito general como por ejemplo los sistemas operativos, aplicaciones monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
-Adquisición de activos materiales nuevos
-Coste del informe de auditoría de ciberseguridad. El importe máximo elegible de este coste no podrá superar los cinco mil euros.
-Costes indirectos. Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles
Importe mínimo del proyecto (costes elegibles) 70.000 euros.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

11 días
AYUDA INFO DIRIGIDA A FOMENTAR LA INNOVACIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO. CATEGORÍA 1: INCUBADORAS DE EMPRESAS
Hasta el 24 de julio 2025
Máximo 550.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas dirigidas a fomentar la innovación y el emprendimiento.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 100%, y un importe máximo por beneficiario de 550.000 €
Beneficiario:
Fundaciones, asociaciones o empresas privadas, que cumplan la condición de PYME; que tengan entre sus actividades la incubación o aceleración de pymes innovadoras. Dichas entidades deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. deben estar radicadas y ejercer su actividad en la Región de Murcia, desarrollar una actividad no económica, de las previstas en el apartado de "actuaciones subvencionables" del Anexo 1
2..que tengan al menos dos años de experiencia en la incubación y aceleración de empresas ya sea en la Región de Murcia o a nivel nacional o internacional.
Categoría 1: Incubadoras de empresas, que deberán contar con instalaciones para el alojamiento físico de empresas, y prestar servicios básicos como agua, electricidad, teléfono e internet.
Gastos elegibles:
Gastos que estén directamente relacionados con la realización del proyecto o actividad subvencionada. Tendrán la consideración de costes elegibles los siguientes conceptos, sin perjuicio de que las respectivas convocatorias puedan excluir o limitar los mismos, o su cuantía:
- Se consideran costes de personal subvencionables los costes brutos del personal que desarrollen las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con el beneficiario diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena
- Los gastos de colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las actuaciones y/o proyectos propuestos, y no puedan ser llevados a cabo por medios personales propios del beneficiario
- Gastos de viajes, alojamientos, locomoción, y entradas a eventos, inequívocamente vinculados a algunas de las líneas de actuación no económicas aprobadas, con un máximo del 10% de los costes directos de personal subvencionables, siempre que se acrediten documentalmente en el momento de la presentación de la correspondiente cuenta justificativa. Se deberá justificar para cada viaje el interés en asistir al evento y su vinculación a las ayudas a los emprendedores y las empresas.
- Los costes indirectos calculados son arreglo al tipo fijo del 15% sobre los gastos directos de personal subvencionables.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

79 días
Hasta el 30 de septiembre 2025
Máximo 40.000 euros
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
a) Subvención a fondo perdido de hasta el 30% de la inversión subvencionable, siendo necesario que la entidad solicitante disponga de fondos propios de una cuantía de al menos un 25% de la inversión subvencionable.
b) Subvención financiera de hasta el 50% del total de los intereses generados por el préstamo concedido por una entidad de crédito durante 2024 y 2025, destinado a la inversión subvencionable. Cuando el importe del préstamo fuera superior al importe de la inversión subvencionable, los intereses se calcularán de forma proporcional al importe de dicha inversión.
Las ayudas contempladas en los dos apartados anteriores serán compatibles entre sí, no pudiendo superar la suma de ambas el 50% del valor de la inversión subvencionable, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable; ni exceder de cuarenta mil euros (40.000.00 €) por entidad solicitante.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
Gastos elegibles:
Inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del año 2024, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados
La subvención se calculará sobre las inversiones consideradas subvencionables del artículo 32 de la orden de bases reguladoras, realizadas a partir del 1 de octubre del año 2024 en una cuantía no inferior a doce mil euros (12.000,00 €) excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable.
Texto bases reguladoras: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2025/numero/2797/pdf?id=836845
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, OTROS

79 días
30 de septiembre de 2025 (antes si se agotase el crédito presupuestario).
Máximo 30.000 euros
Denominación:
PROGRAMA DE APOYO A LOS DIGITAL INNOVATION HUBS (PADIH)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo equivalente de los servicios que reciba la pyme no podrá superar los 30.000 €.
Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.
El solicitante podrá presentar varias solicitudes hasta agotar el importe total de la subvención máxima posible por beneficiario, siempre y cuando se respete también el límite de importe máximo por tipo de servicio para el total de las solicitudes presentadas
Beneficiario:
Pymes válidamente constituidas con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, de cualquier sector productivo.
Gastos elegibles:
Este programa consiste en financiar a las pymes españolas los servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas a través de entidades colaboradoras de los centros de la red EDIH:
- Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías (cuantía máxima 10.000 €)
- Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas (cuantía máxima 20.000 €)
- Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación (cuantía máxima 5.000 €)
Consultar metodología de gestión de esta subvención y listado de centros de la Red EDIH en el siguiente enlace:https://www.eoi.es/es/padih/plataforma
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs

90 días
Hasta el 11 de octubre 2025
Máximo 30.000 euros
Denominación:
Programa de apoyo a la rehabilitación comercial y económica del casco histórico de Lorca- 2025
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad del 70% sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros
Beneficiario:
Empresas, personas físicas (autónomos) y jurídicas, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad domiciliada en el área del Plan Director para la recuperación del conjunto histórico de Lorca (Anexo II de la Orden publicada en BORM n.º 101 de 4/5/23) e incluida entre las Actividades Económicas descritas (Anexo III de la Orden publicada en BORM n.º 101 de 4/5/23).
Gastos elegibles:
-. Obras de acondicionamiento del local de negocio, incluyendo los trabajos de diseño y proyectos de técnicos.
-. Instalaciones técnicas: Saneamiento, eléctrica, climatización y de seguridad.
-. Mobiliario nuevo.
-. Bienes de equipo nuevos (se excluyen los equipos y aplicaciones informáticas).
La inversión puede estar iniciada desde el 1 de enero de 2025 y no finalizada a fecha de presentación de la solicitud.
Las inversiones deben realizarse en las calles del Conjunto Histórico de Lorca incluidas en el mapa del Anexo II de la orden publicada en BORM nº 101 del 04/5/223.
El solicitante debe estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en uno de los epígrafes incluidos en el Anexo III de la orden publicada en BORM nº 101 del 04/5/223
Inversión mínima de 10.000 euros.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, INFO