Foro Lorca - Ayudas y subvenciones-prueba
Camino de migas
2 días
AYUDAS INFO PARA FOMENTAR LA I+D EN TECNOLOGÍAS DUALES, DEFENSA Y SEGURIDAD. MODALIDAD 2: PROYECTO EN COOPERACIÓN
Hasta el 18 de septiembre 2026 (14:00H)
Máximo 350.000 euros
Denominación:
Programa de Ayudas para fomentar la I+D empresarial en el marco RIS4 Región de Murcia cofinanciadas por FEDER.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía máxima de subvención es de 350.000 euros por proyecto, estando limitada la subvención por cada solicitante participante en el proyecto a 140.000 €
Las Intensidades a tipo fijo según el tamaño de empresa son:
- Gran empresa: 40%
- Mediana empresa: 50%
- Pequeña empresa: 60%
Duración del proyecto: Duración del proyecto: El proyecto podrá iniciarse desde el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y tendrá un plazo máximo de realización de veinticuatro (24) meses, a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
Beneficiario:
PYMES como las GRANDES EMPRESAS, personas físicas o jurídicas y cualquiera que sea su forma jurídica, válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda con centro de trabajo en la Región de Murcia.
- que cuenten con al menos tres trabajadores consignados en el documento oficial de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondiente al segundo mes anterior a la presentación de la solicitud,
- que ejerzan una actividad económica comprendida en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es/),
- que desarrollen proyectos de I+D que correspondan a actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, mediante uso de tecnologías duales, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa.
Gastos elegibles:
La Modalidad 2 corresponde a proyectos en cooperación de investigación y desarrollo que son realizados en régimen de colaboración efectiva entre varias empresas independientes de las que, al menos, una de ellas cumpla la definición de PYME.. Los costes elegibles serán los siguientes:
a) Costes brutos de personal investigador y del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria
b) Colaboraciones externas. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto
c) Costes indirectos: 20% de los costes de personal subvencionables.
Requisitos:
El proyecto no debe estar iniciado en el momento de la solicitud.
Los contratos o acuerdos con colaboradores externos no deberán estar firmados en el momento de la solicitud.
Presupuesto mínimo subvencionable: 70.000 euros
En ningún caso se subvencionarán aquellas actividades de I+D que habitualmente realiza la empresa y que constituyen su actividad productiva o de comercialización.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
I+D, INFO
2 días
AYUDAS INFO PARA FOMENTAR LA I+D EN TECNOLOGÍAS DUALES, DEFENSA Y SEGURIDAD. MODALIDAD 1: PROYECTO INDIVIDUAL
Hasta el 18 de septiembre 2026 (14.00h)
Máximo 120.000 euros.
Denominación:
Programa de Ayudas para fomentar la I+D empresarial en el marco RIS4 Región de Murcia cofinanciadas por FEDER.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía máxima de subvención por proyecto se estable en 120.000 euros.
Las Intensidades máximas, a tipo fijo, dependerá del tipo de empresa:
- Mediana empresa: 35%
- Pequeña empresa: 45%
Duración del proyecto: El proyecto podrá iniciarse desde el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y tendrá una duración máxima de dieciocho (18) meses, a partir de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
Beneficiario:
PYMES, personas físicas o jurídicas válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda con centro de trabajo en la Región de Murcia.
- que cuenten con al menos tres trabajadores consignados en el documento oficial de Relación Nominal de Trabajadores (RNT) correspondiente al segundo mes anterior a la presentación de la solicitud,
- que ejerzan una actividad económica comprendida en alguna de las áreas de desarrollo económico, basadas en la innovación y el conocimiento y en los sectores existentes y potenciales de la Región de Murcia, reflejados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS4 Región de Murcia, https://www.ris4regiondemurcia.es/),
- que desarrollen proyectos de I+D que correspondan a actividades de investigación industrial y desarrollo experimental, mediante uso de tecnologías duales, con el objetivo de establecer una clara mejora competitiva de la empresa.
Gastos elegibles:
La Modalidad 1, corresponde a proyectos individuales de investigación y desarrollo realizados por una sola empresa que, necesariamente, responda a la definición de PYME. Los costes elegibles serán los siguientes:
a) Costes brutos de personal investigador y del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria
b) Colaboraciones externas. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto
c) Costes indirectos: 20% de los costes de personal subvencionables.
Requisitos:
El proyecto no debe estar iniciado en el momento de la solicitud.
Los contratos o acuerdos con colaboradores externos no deberán estar firmados en el momento de la solicitud.
Presupuesto mínimo subvencionable: 70.000 euros
En ningún caso se subvencionarán aquellas actividades de I+D que habitualmente realiza la empresa y que constituyen su actividad productiva o de comercialización.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
I+D, INFO
7 días
Hasta el 23 de diciembre 2026
Máximo 10.000 euros
Denominación:
Programa para incentiva la contratación de servicios de innovación y competitividad. Cheque profesionalización de la gestión de la empresa familiar.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido. Intensidad a tipo fijo del 70%, que se incrementará en 15 puntos porcentuales para beneficiarios cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia), sobre los costes elegibles.
Cuantía máxima subvención para pymes hasta 9 empleados - 5.000 euros
Cuantía máxima subvención para pymes con 10 o más empleados - 10.000 euros
Dada la importancia de la empresa familiar en la Economía, el presente servicio pretende ayudar a la profesionalización de su gestión, adaptando el esquema de dirección a su realidad actual, regulando las relaciones familia - propiedad - empresa, y garantizando, en definitiva, la continuidad generacional. Este servicio se sustancia en la elaboración del Protocolo Familiar, acuerdo marco de naturaleza jurídica compleja, que contiene elementos o pactos propios de distintos contratos y que sirve de norma a la que han de ajustarse otros pactos complementarios de carácter más concreto (estatutos, testamentos, etc.), firmado entre familiares socios de una empresa, actuales o previsibles en el futuro, con la finalidad de regular la organización y gestión de la misma, así como las relaciones entre la familia, la empresa y sus propietarios, para dar continuidad a la empresa, de manera eficaz y con éxito, en la siguiente generación familiar.
Beneficiario:
-PYMES (autónomos y personas jurídicas) y comunidades de bienes de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas,
-que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Gastos elegibles:
-Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos de estas bases reguladoras de subvenciones, contratados en su totalidad a proveedores externos para la prestación de los servicios de conformidad con lo previsto en el artículo 1. Se podrán incluir, asimismo, gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento para el servicio solicitado, y costes de investigación contractual destinados de manera exclusiva a actividades de investigación y desarrollo.
-Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles, aprobados, certificados y comprobados, de la letra anterior.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN
14 días
Hasta el 30 de septiembre 2026
Máximo 10.000 euros
Denominación:
Programas subvenciones para el fomento de la contratación y las prácticas no laborales en la Región de Murcia
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
1. Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención. Máximo 8.000 euros.
2. Línea 2. Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años: Máximo 5.500 euros.
3. Línea 4: Incentivos para el fomento de la conversión en indefinido de un contrato formativo. Máximo 5.000 euros. Incremento 10% si es mujer.
4. Línea 5: Incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes.Máximo 4.000 euros. Incremento 10% si es mujer.
5. Línea 7: Programa para el apoyo al “retorno talento” Máximo 6.000 euros.. Incremento 10% si es mujer.
6. Línea 8: Programa de reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”. Máximo 4.000 euros. Incremento 10% si es mujer.
7. Las cuantías anteriores se incrementarán en 2.000 euros si la contratación indefinida (líneas 1, 2, 5, 7 y 8) se realiza por persona trabajadora autónoma o por una cooperativa o sociedad laboral que contrate a su primer empleado o empleada a jornada completa. En el caso de jornada parcial el incremento será de 1.000 euros. Se considerará primera contratación si la persona, empresa o entidad beneficiaria no tuvo personas trabajadoras contratadas durante el año anterior a la misma.
Beneficiario:
Empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la contratación objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia y formalicen contratos de trabajo indefinidos como subvencionables.
Gastos elegibles:
-Las contrataciones indefinidas realizadas a tiempo completo o a tiempo parcial, cuando la jornada pactada sea, como mínimo, del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo, de personas desempleadas.
-Las conversiones de contratos formativos en indefinidos realizadas a tiempo completo o a tiempo parcial, cuando la jornada pactada sea, como mínimo, del 50 por ciento de la jornada laboral a tiempo completo.
El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada (fecha de inicio de la relación laboral) o de la fecha en la que se produzca la conversión del contrato formativo en indefinido. El plazo se iniciará el mismo día del alta en Seguridad Social de la persona contratada o de la fecha que se produzca la conversión y concluirá el mismo día en que se produjo la contratación o la conversión en el mes de vencimiento. En el supuesto de contrataciones o conversiones realizadas entre el 1 de octubre de 2025 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contados a partir del día siguiente al de publicación del citado extracto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, es decir desde el 9 de abril hasta el 11 de mayo de 2026.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO
27 días
Hasta el 13 de octubre 2026
Máximo 40.000 euros
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
a) Subvención a fondo perdido de hasta el 30% de la inversión subvencionable, siendo necesario que la entidad solicitante disponga de fondos propios de una cuantía de al menos un 25% de la inversión subvencionable.
b) Subvención financiera de hasta el 50% del total de los intereses generados por el préstamo concedido por una entidad de crédito durante 2025 y 2026, destinado a la inversión subvencionable. Cuando el importe del préstamo fuera superior al importe de la inversión subvencionable, los intereses se calcularán de forma proporcional al importe de dicha inversión.
Las ayudas contempladas en los dos apartados anteriores serán compatibles entre sí, no pudiendo superar la suma de ambas el 50% del valor de la inversión subvencionable, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable; ni exceder de cuarenta mil euros (40.000.00 €) por entidad solicitante.
No se subvencionarán más de dos préstamos por empresa.
¿No serán subvencionadas las inversiones realizadas por la entidad solicitante cuando ésta sea socia de la entidad proveedora.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia, y las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la misma.
Gastos elegibles:
Inversiones, realizadas y pagadas desde el día 1 de octubre del año 2025, en activos fijos nuevos, o de segunda mano cuando se acredite que el proveedor es una empresa cuya actividad económica sea la venta y/o adecuación de bienes usados
La subvención se calculará sobre las inversiones consideradas subvencionables del artículo 32 de la orden de bases reguladoras, realizadas a partir del 1 de octubre del año 2025 en una cuantía no inferior a doce mil euros (12.000,00 €) excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA) recuperable.
Texto bases reguladoras: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2025/numero/2797/pdf?id=836845
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, MEDIO AMBIENTE, OTROS, TICs, TURISMO
27 días
Hasta el 13 de octubre 2026
Máximo 4.000 euros por socio
Denominación:
Programas de Fomento de la Economía Social
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Las aportaciones dinerarias realizadas por los socios trabajadores que incrementen el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000 euros), a partir del día 1 de octubre de 2025, desembolsado en su totalidad.
Se podrá conceder una ayuda por persona.
La ayuda a conceder será de hasta el 25% del capital suscrito y desembolsado por cada socio trabajador, y como máximo cuatro mil euros (4.000,00 euros) por socio trabajador
Como máximo se subvencionarán seis (6) socios trabajadores por empresa.
Beneficiario:
Las pequeñas y medianas empresas de Economía Social: Sociedades Cooperativas y Sociedades laborales, que tengan su domicilio social y fiscal en la Región de Murcia.
Las ayudas se concederán para centros de trabajo ubicados en la Región de Murcia
Gastos elegibles:
Se subvencionará a las Empresas de Economía Social por cada socio trabajador que a partir del día 1 de octubre de 2025 realice aportaciones dinerarias que incrementen el capital social escriturado de la empresa en cuantía no inferior a tres mil euros (3.000,00 euros), debiendo estar desembolsado en su totalidad.
También será objeto de subvención la transmisión de aportaciones o participaciones cuando sea consecuencia de jubilación, fallecimiento, incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez de su titular.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO
27 días
Hasta el 13 de octubre 2026
Máximo 11.500 euros
Denominación:
Programas de fomento de la economía social: Programa 1. Empleo en cooperativas y sociedades laborales.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvencionar a las Empresas de Economía Social que incorporen, a partir del día 1 de octubre del año 2025, socios trabajadores por tiempo indefinido y a jornada completa.
1.- Si la aportación al capital del socio trabajador es igual o superior a 1.000 euros, las ayudas serán de:
a) 7.000 euros por cada socio trabajador incorporado a la sociedad. Si es mujer la cuantía será de 8.500 euros
b) 11.500 euros en el caso de personas con discapacidad.
c) 9.500 euros en el caso de persona con riesgo de exclusión del mercado de trabajo.
d) 10.000 euros por cada joven que este inscrito en el Registro de Garantía Juvenil.
2. Si la aportación al capital del socio trabajador es inferior a 1.000 euros, el importe de la subvención se calculará con la fórmula:
S = C x A/1000 (S = Subvención a conceder por cada nuevo socio trabajador incorporado. C = Subvención que corresponde al socio trabajador por pertenecer a un determinado colectivo .A = Capital suscrito por el socio trabajador por el cual se solicita subvención)
El procedimiento para el otorgamiento de las subvenciones será el de concurrencia competitiva.
Beneficiario:
Pymes de Economía Social, que tengan su domicilio social y fiscal y el centro de trabajo en la Región de Murcia
Gastos elegibles:
La contratación, a partir del día 1 de octubre del año 2025, de socios trabajadores por tiempo indefinido y a jornada completa, siempre que en la fecha de iniciación de la prestación de trabajo en las mismas concurra alguna de las circunstancias:
a) Trabajadores por cuenta ajena de la sociedad, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre del año 2025, admitidos a partir de esa fecha como socios trabajadores.
b) Personas desempleadas, inscritas en cualquier Oficina de Colocación hasta la fecha de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre del año 2025.
c) Trabajadores por cuenta ajena de sociedades mercantiles, con contrato laboral vigente antes del día 1 de octubre del año 2025, incorporados a partir de esa fecha como socios trabajadores de empresas de economía social surgidas de la transformación de la sociedad mercantil. En las sociedades mercantiles deben concurrir a la vez las siguientes situaciones económicas: Que existan pérdidas económicas en los dos últimos ejercicios anteriores a 2024 y que el importe neto de la cifra de negocios del último ejercicio sea como máximo el 70% a la registrada en el penúltimo ejercicio.
d) Jóvenes menores de 30 años desempleados, inscritos en cualquier oficina de colocación hasta la fecha de alta en el respondiente régimen de la Seguridad Social, que deberá ser a partir del día 1 de octubre del ejercicio anterior al de la convocatoria, que se incorporen como socios trabajadores a partir del día 1 de octubre del año 2025
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO
29 días
Hasta el 15 de octubre 2026
Máximo 2.920 euros
Denominación:
Programa de subvenciones "cuota cero ampliada"
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
La cuantía individualizada consiste en la suma de las siguientes cantidades:
a. una ayuda al establecimiento inicial por cuenta propia de 1.000,00 €.
b. una ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a la cuantía de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, multiplicada por 24, que para el año 2026 asciende a 80 €.
El pago se realizará por una solo vez y por transferencia bancaria
El plazo individualizado de presentación de solicitudes será de 1 mes, contado a partir de la fecha de alta en RETA
En el caso de altas en el RETA realizadas a partir del 1 de noviembre de 2025 y antes de la publicación de la convocatoria (24/02/2026), el plazo de solicitud será desde el 25/02/2026 hasta el 25/03/2026
Beneficiario:
1. Personas que causen alta inicial en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
2. Personas que causen alta en RETA y no hayan estado en situación de alta en dicho régimen en los dos años inmediatamente anteriores.
3. Mujeres que habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo/a, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia, dándose de alta en RETA, dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese.
Gastos elegibles:
La realización de una actividad económica en la Región de Murcia como autónomo a tiempo completo y que conlleve la obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y además, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Estar desempleado como mínimo el día anterior antes del alta en RETA.
- Disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
- Estar dado de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO
46 días
Hasta el 31 de octubre 2026
Máximo 13.200 euros
Denominación:
Programas de Integración Sociolaboral - IMAS 2026
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Ayuda entre el 55% y el 75% de los costes de la contratación según tipo de entidad y convenio Jornada laborales entre 50% y 100%.
El contrato deberá tener una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses, salvo en los casos de sustitución por incidencias.
En los supuestos de renovación de la persona en la misma entidad contratante, si el contrato anterior es inferior a 6 meses, la concesión se podrá efectuar por el tiempo que resta para completar los 12 meses y no podrá concederse la ayuda si el contrato anterior es superior a 6 meses.
Abono anticipado de la ayuda tras la resolución de la concesión.
En el caso de las empresas, podrán solicitarse un máximo de tres puestos.
Beneficiario:
Empresas privadas, con independencia de su tamaño, cuyo centro de trabajo donde se realice la actividad se encuentre en la Región de Murcia.
Contar con personal cualificado para realizar el acompañamiento profesional y para proporcionar la formación necesaria para la adecuación al puesto de trabajo.
Haber obtenido una evaluación positiva en los programas de integración sociolaboral desarrollados con anterioridad, en su caso, valoración que será efectuada por los técnicos de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión, a través de la memoria y cuestionarios presentados, del informe de seguimiento del centro municipal de servicios sociales y/o del seguimiento efectuado durante el desarrollo del programa.
Gastos elegibles:
Podrán ser destinatarias de la contratación laboral a través de estas ayudas las personas en situación o riesgo de exclusión social:
a) Titulares y beneficiarios de la prestación de la Renta Básica de Inserción y de las Ayudas Periódicas de Inserción y Protección Social o similares, que se encuentren en edad laboral y estén realizando un proyecto/itinerario individualizado de inserción sociolaboral.
b) Personas que hayan finalizado o se encuentren realizando un proyecto/ itinerario de inserción sociolaboral/Itinerario de Inclusión Activa en programas desarrollados por la administración local o por entidades de Iniciativa Social.
c) Personas que habiendo sido contratadas a través de programas de integración sociolaboral con anterioridad, no hubieran alcanzado los objetivos previstos en su proyecto/itinerario individualizado de inserción, siempre que su renovación sea valorada como procedente por el Servicio competente de la Dirección General de Pensiones, Valoración y Programas de Inclusión del IMAS
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO
77 días
Hasta el 1 de diciembre 2026
Máximo 2.000 euros
Denominación:
Subvenciones para artesanos individuales y empresas artesanas
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Cuantía máxima de subvención: 80% de la inversión a realizar.
Importe máximo de la subvención 2.000,00-.€ IVA no incluido.
Beneficiario:
Las empresas artesanas y artesanos/as individuales que tengan la consideración de Micro empresa, dedicados a la elaboración de productos artesanos y cuyo taller artesano se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Gastos elegibles:
Los costes de inscripción de los talleres artesanos en las muestras y ferias profesionales que se celebren dentro o fuera de la Región de Murcia.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
OTROS