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SUBVENCIÓN TASAS PARA LA PROTECCIÓN DERECHOS PROPIEDAD INDUSTRIAL (BONO 2)

Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Hasta el 5 diciembre 2025

Hasta 1.000 euros

Denominación:

Ayudas para proteger la propiedad industrial - Fondo para Pymes «Ideas Powered for business» 2025

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Protección de marcas, dibujos y modelos


-Reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, a escala de la UE. 

-Reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, a escala nacional. 

-Reembolso del 50 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, las tasas de designación y las tasas de designación posteriores fuera de la UE.

Las solicitudes serán resueltas por orden de llegada hasta agotar los fondos asignados a esta línea de ayuda.

Beneficiario:

Pequeñas y medianas empresas (pymes) establecidas en uno de los Estados miembros de la UE.

Gastos elegibles:

Son considerados gastos elegibles las tasas correspondientes a la protección de derechos de propiedad industrial (PI)


Nota: La protección de la propiedad industrial a través del Fondo para Pymes puede abarcar muchos activos diferentes, como marcas, diseños, patentes y variedades vegetales. Esta protección se convierte en una necesidad en la era digital ya que es una forma legal de evitar que sus ideas, productos o servicios únicos se copien o se utilicen sin permiso.


Para más información disponen de los siguientes canales de comunicación:

servicio gratuito de apoyo en materia de PI (apoyo gratuito personalizado en materia de propiedad intelectual) para las pymes que necesitan orientación a este respecto.

informacion@euipo.europa.eu

965 139 100.

Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

INNOVACIÓN, OTROS

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5 días

AYUDA A EMPRESAS TURÍSTICAS PRIVADAS PARA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD

Dirección General de Competitividad y Calidad Turísticas (Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes)

Hasta el 10 de diciembre 2025

Máximo 50.000 euros

Denominación:

Subvenciones a empresas turísticas de la Región de Murcia para mejora de accesibilidad (código 4709) 



Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

La cuantía individualizada por beneficiario será del 100% de la indicada en la solicitud de ayuda, sin que ésta pueda ser superior a 50.000,00 € (cincuenta mil euros) por proyecto subvencionable

Régimen: concurrencia competitiva. Consultar baremo de puntuación. Artículo 14


Convocatoria: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/864321/document/1353003


Beneficiario:

Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias, explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios o complejos de edificios destinados a alojamiento turístico, agencias de viajes, parques temáticos, empresas de turismo activo y de aventura, bodegas con experiencias enoturísticas vinculadas a su actividad principal de producción vinícola, que estén registradas y desarrollen sus actividades turísticas dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Artículo 2. Ámbito de aplicación.


Gastos elegibles:

Serán considerados gastos subvencionables aquellos necesarios para conseguir los objetivos perseguidos en las actuaciones subvencionables (consultar artículo 7 de la convocatoria:https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/864321/document/1353003 )

a) Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones objeto de ayuda.

b) Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.

c) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones.

d) La inversión en equipos y materiales efectuada.

e) Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, considerándose como tales, aquellos gastos satisfechos a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud ante la Región de Murcia. No se admitirán gastos de gestión superiores al 4 % del importe de la ayuda solicitada ni superiores a 3.000,00 euros por expediente.

f) Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, considerándose como tales, los gastos satisfechos a empresas o profesionales por llevar a cabo la gestión técnica, administrativa y documental de la justificación ante el órgano instructor de la realización de las actuaciones que conforman el proyecto. No podrá superar globalmente el 7% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 7.000,00 euros por expediente.

Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

TURISMO

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7 días

AYUDAS DESTINADAS AL FORTALECIMIENTO DE LA INDUSTRIA AUDIOVISUAL EN LA REGION DE MURCIA

Instituto de industrias culturales y de las artes de la Región de Murcia (ICA)

Hasta el 12 de diciembre 2025

Máximo 1.000.000 euros

Denominación:

Ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas al fortalecimiento de la industria audiovisual en la Región de Murcia

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Se financiarán máximo tres proyectos a razón del importe fijo de 1.000.000,00 € hasta agotar el crédito disponible. 


Convocatoria: https://www.icarm.es/servlet/integra.servlets.Multimedias?METHOD=VERMULTIMEDIA_9773&nombre=Resolucion_AYUDAS_FORTZ_INDUSTRIA_AUDIOVISUAL_R_Murcia.pdf


Beneficiario:

Personas jurídicas privadas con residencia fiscal en territorio español y que NO sea en la Región de Murcia, que lleven a cabo la producción de una obra cinematográfica de las recogidas en el artículo 1.2 y que con motivo de un rodaje cumplan los requisitos y condicionantes establecidos en la presente Resolución

Residencia fiscal en España (NO en la Región de Murcia) y alta, en el epígrafe del Impuesto Actividades Económicas (I.A.E.) 961.1. Inscripción en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales o en cualquier otro registro administrativo de empresas audiovisuales del territorio español o bien, si se trata de su primera inscripción, hayan presentado la correspondiente solicitud de inscripción, en el momento de la solicitud de la ayuda.

Gastos elegibles:

Es objeto de la presente Resolución convocar, en régimen de concurrencia no competitiva, ayudas con el fin de fortalecer la industria audiovisual de la Región de Murcia y el empleo en el mismo mediante el fomento y realización de rodajes cinematográficos de productoras no residentes en la Región, excepto la coproducción minoritaria a que refiere el artículo 3.4 de la Resolución de convocatoria, que con ocasión de éstos incurran en los gastos en el territorio de la Región de Murcia en todas sus fases de rodaje. 2. Serán susceptibles de quedar comprendidos en la finalidad de esta ayuda las siguientes obras audiovisuales:

-Películas cinematográficas (largometrajes): obra audiovisual ya sea en formato ficción o documental destinada, en primer término, a su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica con una duración igual o superior a sesenta minutos.

-Series televisivas: obra audiovisual ya sea en formato ficción o documental formada por un conjunto de episodios con título genérico común, destinada a su comunicación pública por prestadoras de servicios de comunicación audiovisual de forma sucesiva y continuada, pudiendo cada episodio corresponder a una unidad narrativa o tener continuación en el episodio siguiente, siempre que posea de una duración igual o superior a sesenta minutos

Más información: artículo 6: gastos subvencionables

https://www.icarm.es/servlet/integra.servlets.Multimedias?METHOD=VERMULTIMEDIA_9773&nombre=Resolucion_AYUDAS_FORTZ_INDUSTRIA_AUDIOVISUAL_R_Murcia.pdf


Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

OTROS

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14 días

AYUDAS INFO- CHEQUE TIC 2025


Instituto Fomento Región de Murcia

Hasta el 19 de diciembre 2025

Máximo 20.000 euros

Denominación:

Programa para incentivar la contratación de servicios de innovación y competitividad. Cheque TIC

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Desde 2.000 € hasta 20.000 € en función del servicio para el que se solicita la subvención y el número de empleados en algunos casos.

Para determinar el número de empleados se tendrá en cuenta la plantilla media del año natural anterior a la convocatoria y, en el caso de sociedades u otras personas jurídicas constituidas (o autónomos que inicien su actividad) en el año de la convocatoria, certificado de plantilla media desde la fecha de constitución o inicio de la actividad, según alta en el IAE, hasta la fecha de publicación de la Convocatoria.

La descripción, los requisitos y la cuantía máxima de la subvención para estos servicios, podrán consultarse en el apartado de Descargas de este programa en la dirección de la sede electrónica del INFO https://sede.institutofomentomurcia.es.

Convocatoria: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/863717/document/1340627

Beneficiario:

PYMES, autónomos y comunidades de bienes, de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Gastos elegibles:

Los servicios subvencionados y que, serán contratados a proveedores externos para desarrollarlos son los siguientes:

Código TIC-12.1 Servicio Planificación e implantación de proyectos de seguridad informática (Ciberseguridad)

Código TIC-12.2 Servicio Certificaciones en Ciberseguridad

Código TIC-12.3 Servicio Planificación e implantación de Servicios de Centros de Operaciones de Seguridad (SOC)

Código TIC-12.4 Servicio Servicios de Ciberseguridad en Tecnología Operativa (OT)

Código TIC-12.5 Servicio Servicios de simulación en ciberseguridad en el dominio cognitivo

Código TIC-14 Servicio Implantación de BPM (‘Business Process Management’)

Código TIC-16 Servicio Implantación de BI (‘Business Intelligence’)

Código TIC-18 Servicio Implantación de herramientas específicas para la gestión de la I+D+i

Código TIC-20 Servicio Implantación de Inteligencia Artificial en la empresa

Código TIC-21 Servicio Implantación de herramientas específicas para la gestión de la logística interna de la empresa

Código TIC-22 Servicio Implantación de un sistema MES (Manufacturing Execution Systems)

Código TIC-23 Servicio Implantación de un Gemelo Digital

Código TIC-24 Servicio Implementación de un sistema de tratamiento de datos de origen satelital

Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

INFO, INNOVACIÓN, TICs

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18 días

AYUDAS INFO- CHEQUE RELEVO 2025

Instituto Fomento Región de Murcia

Hasta el 23 de diciembre 2025

Máximo 10.000 euros

Denominación:

Ayudas INFO -Cheque para la profesionalización de la gestión de la empresa familiar

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Subvención a fondo perdido con una intensidad que será a tipo fijo del 70% sobre los costes elegibles.

Este % se incrementará en 15 puntos porcentuales para beneficiarios cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados la RIS4 Región de Murcia.

-Cuantía máxima de 5.000 € para pymes hasta 9 empleados.

-Cuantía máxima de 10.000 € par pymes con 10 o más empleados.


Para determinar el número de empleados se tendrá en cuenta la plantilla media del año natural anterior a la convocatoria y, en el caso de sociedades u otras personas jurídicas constituidas (o autónomos que inicien su actividad) en el año de la convocatoria, certificado de plantilla media desde la fecha de constitución o inicio de la actividad, según alta en el IAE, hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

Beneficiario:

PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 

Se primarán aquellos proyectos presentados por solicitantes cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia, www.ris4regiondemurcia.es).

Gastos elegibles:

El Servicio subvencionado por este cheque es la elaboración del Protocolo Familiar, acuerdo marco de naturaleza jurídica compleja, que contiene elementos o pactos propios de distintos contratos y que sirven de norma a la que han de ajustarse otros pactos complementarios de carácter más concreto (estatutos, testamentos, etc).firmado entre familiares socios de una empresas actuales o previsibles en el futuro, con la finalidad de regular la organización y gestión de la misma, así como las relaciones entre familia, la empresa y sus propietarios, para dar continuidad a la empresa, de manera eficaz y con éxito, en la siguiente generación familiar. Los costes subvencionables serán los siguientes:

  1. Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos de estas bases reguladoras de subvenciones, contratados en su totalidad a proveedores externos para la prestación de los servicios de conformidad con lo previsto en el artículo 1. Se podrán incluir, asimismo, gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento para el servicio solicitado, y costes de investigación contractual destinados de manera exclusiva a actividades de investigación y desarrollo.
  2. Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles, aprobados, certificados y comprobados, de la letra anterior.


Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

EMPLEO, INFO, INNOVACIÓN

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19 días

AYUDAS INFO PARA INCENTIVAR LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO EN LOS ÁMBITOS DE DEFENSA, SEGURIDAD, RECONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO. CAETRA SERVICIOS

Instituto Fomento Región de Murcia

Hasta el 24 de diciembre 2025

Máximo 30.000 euros

Denominación:

Programa de ayudas para incentivar la contratación de servicios en ámbitos de Defensa, Seguridad, Reconstrucción y Desarrollo. CAETRA- Servicios

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Subvención a fondo perdido con una intensidad que será a tipo fijo del 85 % sobre los costes elegibles, por los importes máximos que se especifican en cada uno de los servicios

Código CS001 Servicio: Primera inscripción en el Registro de Empresas de la Dirección General de Armamento y Material (DGAM) del Ministerio de Defensa. Cuantía máxima de subvención: 2.500 €

Código CS002 Servicio: Implantación de un Sistema de Gestión de Calidad bajo la Norma PECAL/AQAP, ISO 9100 y normas asociadas. Cuantía máxima de subvención: 9.000 € por cada norma que se vaya a implantar y certificar.

Código CS003 Servicio: Homologación de sistemas y productos. Cuantía máxima de subvención: 6.000 €, pudiendo llegar a 30.000 euros.

Código CS004 Servicio: Obtención de Habilitaciones de Seguridad. Cuantía máxima de subvención: 4.000 € para la habilitación HSEM; y 10.000 € para la SES.

Código CS005 Servicio: Licitaciones relativas a proyectos o suministros de la OTAN, Agencia Europea de Defensa u otros organismos. Cuantía máxima de subvención: 20.000 €

Código CS 006 Servicio: Presentación a una convocatoria de ayudas a proyectos I+D+I en cooperación, publicada por un organismo nacional o internacional, en la que el solicitante participe como socio o líder del consorcio del proyecto. Cuantía máxima de subvención: 12.000 € (como coordinadora del proyecto) y 7.000 € (como socio)

Beneficiario:

Personas físicas (autónomos) y jurídicas, y comunidades de bienes, con independencia de su tamaño, que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Región de Murcia en el que se desarrollen las actividades subvencionables, que pertenezcan a los sectores de actividad recogidos en el listado de CNAEs elegibles del Anexo I de la Orden:

Gastos elegibles:

  1. Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos de estas bases reguladoras de subvenciones.
  2. Gastos de ensayos y otras pruebas de laboratorio, ligados a la obtención de las correspondientes certificaciones u homologaciones.
  3. Gastos de auditorías y certificación en normas específicas necesarias para operar en el sector de la Defensa, la Seguridad y la Reconstrucción y Desarrollo, contratados a entidades certificadoras.
  4. Gastos de inscripción en cursos de formación obligatorios, ligados a la obtención de las correspondientes certificaciones u homologaciones.
  5. Tasas que, en su caso, deban atenderse por el beneficiario para solicitar u obtener una certificación o servicio por parte de una entidad pública.
  6. Gastos de personal de la empresa solicitante, considerado necesario para la realización del proyecto, que se calcularán al tipo fijo del 20% sobre la suma de los costes directos anteriores.


Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

INFO, INNOVACIÓN, OTROS

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19 días

AYUDAS INFO PARA LA INNOVACIÓN ABIERTA EN ÁMBITOS DE DEFENSA, SEGURIDAD, RECONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO - CAETRA RETOS

Instituto Fomento Región de Murcia

Hasta el 24 de diciembre 2025

Máximo 40.000 euros

Denominación:

Programa de ayudas para incentivar la innovación abierta en los ámbitos de defensa, seguridad, reconstrucción y desarrollo. CAETRA- Retos

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Subvención a fondo perdido con una intensidad a tipo fijo del 100% sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 40.000 €

El listado de retos y su descripción detallada podrá consultarse en el apartado de Descargas de este programa en la sede electrónica del INFO.

Beneficiario:

Personas físicas (autónomos) y jurídicas, y comunidades de bienes, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca y acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas, con independencia de su tamaño, que desarrollen las actividades subvencionadas dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante un centro de trabajo abierto en la Región de Murcia en el que se desarrollen las actividades subvencionables.

Gastos elegibles:

a) Costes de personal: Se consideran costes de personal subvencionables los costes brutos del personal que desarrolle labores técnicas en las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con la empresa beneficiaria diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena. Solo serán subvencionables los gastos del personal que, estando relacionado con la operación, sean necesarios para su ejecución. Se establece un coste máximo mensual por trabajador a tiempo completo de 7.200 euros.

b) Colaboraciones externas: Costes de contratación de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación, conocimientos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes, incluidos los de fabricación del prototipo, destinados de manera exclusiva a las actividades del proyecto. El importe de estos costes no podrá superar el 60% del total de los costes subvencionables totales del proyecto. En su caso, el importe que supere dicho límite no resultará subvencionable.

c) Costes indirectos: El 15% a tipo fijo de los costes de personal subvencionables

Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

INFO, INNOVACIÓN, OTROS

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26 días

AYUDA INCENTIVOS REGIONALES

Instituto Fomento Región de Murcia

Hasta el 31 de diciembre 2025

Máximo 50 %

Denominación:

Ayudas a la Inversión Productiva (Incentivos Regionales)

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Las ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido, expresadas en porcentaje sobre los costes considerados elegibles.

La intensidad máxima de la ayuda expresada en porcentaje sobre la inversión es la siguiente:

  • 50 % pequeña empresa
  • 40 % mediana empresa
  • 30 % grandes empresas.

Beneficiario:

Sociedades mercantiles que ejecuten proyectos de inversión industriales o en hoteles, en cualquiera de las siguientes modalidades:

  • Nuevos establecimientos.
  • Ampliaciones de capacidad productiva con creación de empleo.
  • Modernización con mantenimiento de empleo, siempre que no se trate de una mera inversión de reposición.


Gastos elegibles:


Obra civil, bienes de equipo nuevos (al menos el 50% de la inversión), estudios previos del proyecto y activos inmateriales.

Excluido adquisición de terrenos

Requisitos:

  • Inversión mínima: 900.000 euros
  • Inversión no iniciada a fecha de solicitud de la ayuda.
  • Autofinanciación del 25 %.

Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

INDUSTRIA, INFO, OTROS, TURISMO

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26 días

SUBVENCIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL POR CAPITALIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO

SEF (Servicio Regional de empleo y Formación)

Continuo, hasta agotamiento de fondos

Denominación:

Subvención de cuotas a la seguridad social por capitalización de las prestaciones por desempleo


Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

La cuantía de las subvenciones se determinará de la forma siguiente:


a) El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia, o Mutualidad del colegio profesional correspondiente, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponda, si es inferior.

b) El 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social por cuenta ajena. Los recargos por incumplimientos del abono de las cuotas, no serán subvencionables.

Beneficiario:

Personas perceptoras de la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, que se encuentren en alguno de estos casos:

a) Los socios trabajadores o de trabajo en una cooperativa de trabajo o sociedad laboral de forma estable.

b) Los trabajadores autónomos o por cuenta propia.

c) Los trabajadores por cuenta propia que se incorporen a una sociedad mercantil y, para ello, hayan capitalizado el cien por cien de la prestación para realizar una aportación al capital social, siempre que posean el control efectivo de la misma.

En todos los casos, deben haber agotado, en el pago único, la totalidad de la prestación contributiva por desempleo.

Gastos elegibles:

Las cuotas satisfechas por la persona beneficiaria al régimen de la Seguridad Social que le corresponda o, en caso de profesional liberal, en la mutua de su colegio profesional, durante el tiempo en que se hubiera percibido la prestación por desempleo, siempre y cuando haya capitalizado en su totalidad la prestación por desempleo de nivel contributivo

Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

EMPLEO

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26 días

AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS ELÉCTRICOS ENCHUFABLES Y DE PILA COMBUSTIBLE E IMPLANTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE RECARGA

Dirección General de Industria, Energía y Minas

Hasta el 31 de diciembre 2025

Máximo 9.000 euros

Denominación:

Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) para el año 2025

Información y contacto

tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es

Importe:

Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos

.- las ayudas van desde los de 1.100 euros para cuadriciclos ligeros eléctricos hasta los 9.000 euros para la compra de furgonetas N1 de pila de combustible de hidrogeno con achatarramiento de otro vehículo. Estas cuantías dependerán del tipo de solicitante, categoría del vehículo, motorización y autonomía


Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

.- Para personas físicas, autónomos, comunidades de propietarios y entidades públicas sin actividad comercial, las ayudas podrán llegar a un 70% del coste subvencionables y un 80% en municipios de menos de 5.000 habitantes.

. -En el caso de empresas y entidades públicas con actividad económica en Instalaciones de recarga:

  • De uso público con al menos un punto de recarga para vehículos de potencia igual o superior a 50 kW. En localización general; 35% gran empresa, 45% mediana, 55% pequeña. Para instalaciones localizadas en municipios de menos de 5.000 hab.; 40% gran empresa, 50% mediana, 60% pequeña pequeña (Reglamento UE 651/2014, de 17 de junio).
  • De uso privado o sin punto de recarga para un vehículo de potencia igual o superior a 50 kW. Localización general 30%. En municipios de menos de 5.000 habitantes 40%.

Existe un límite absoluto de ayuda de 5.000 € para personas físicas, 800.000 € por expediente y 2,5 millones de euros por destinatario.

Beneficiario:

1.º Las personas físicas, con residencia habitual en la Región de Murcia, que desarrollen actividades económicas en el ámbito territorial de la Región de Murcia dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 

2.º Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. También serán elegibles las Entidades de Conservación de Polígonos o Sociedades Agrarias de Transformación cuyo NIF comience por V.

Gastos elegibles:

Actuación 1: Adquisición de vehículos eléctricos

Actuación 2: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.


Tipo de financiación:

SUBVENCIONES

Ámbito:

ENERGÍA

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