Ayudas y subvenciones
Camino de migas
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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10 días
AYUDAS INFO DE APOYO A INVERSIONES PRODUCTIVAS Y TECNOLÓGICAS PARA AUTÓNOMOS Y COMUNIDADES DE BIENES
Hasta el 12 de marzo 2026
Máximo 50.000 euros.
Denominación:
Programa de apoyo a inversiones productivas y tecnológicas para personas físicas y comunidades de bienes
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido.
Intensidad máxima sobre costes elegibles: 40% para medianas empresas y 50% para pequeñas empresas.
Cuantía máxima por beneficiario: 50.000 euros.
Procedimiento de concesión: Régimen de concurrencia competitiva.
Los criterios de valoración pueden consultarlos en el artículo 9 de las bases reguladoras de esta ayuda.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2023/numero/2196/pdf?id=817894
Beneficiario:
.-PYMES autónomos y PYMES comunidades de bienes que cumplan con lo establecido en el artículo 2 de las bases reguladoras, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y producción y distribución de energía e infraestructuras energéticas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
.-Obtener la puntuación mínima de 30 puntos en aplicación de los baremos de prelación previstos en la letra B) del apartado 5, del artículo 9.
Gastos elegibles:
La adquisición de activos productivos materiales nuevos (incluidos gastos de transporte y embalaje), realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.
Subgrupos cuenta contable (3 dígitos): de la 212 hasta la 219.
Se establece una inversión mínima de 50.000 euros, no iniciada a fecha de presentación de la solicitud.
Quedan excluidos: Terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, INDUSTRIA 4.0, INFO, MEDIO AMBIENTE, OTROS, TICs, TURISMO
10 días
Hasta el 12 de marzo de 2026
Máximo 50.000 euros
Denominación:
Programa de apoyo a inversiones productivas y tecnológicas a pymes con forma societaria
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido.
Intensidad máxima del 50% para pequeñas empresas y del 40% para medianas empresas sobre los costes elegibles
Importe máximo por beneficiario de 50.000 €.
Régimen de concesión: concurrencia competitiva
Los criterios de valoración para proyectos de inversiones productivas pueden consultarlos en el artículo 9 de las bases reguladoras de esta ayuda.
https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2023/numero/2196/pdf?id=817894
Beneficiario:
PYMES con forma societaria, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Obtener la puntuación mínima de 50 puntos en aplicación de los baremos de prelación previstos en la letra A) del apartado 5, del artículo 9.
Gastos elegibles:
La adquisición de activos productivos materiales nuevos (incluidos gastos de transporte y embalaje), realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.
Subgrupos cuenta contable del 212 al 219
Inversión mínima de 100.000 euros.
Inversión no iniciada antes de la presentación de la solicitud
Quedan excluidos la compra de: Terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, INDUSTRIA 4.0, INFO, MEDIO AMBIENTE, OTROS, TICs, TURISMO
17 días
Hasta el 19 de marzo 2026
Máximo 30.000 euros
Denominación:
Programa de apoyo a la rehabilitación comercial y económica del casco histórico de Lorca
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad del 70% sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros
Beneficiario:
Empresas, personas físicas (autónomos) y jurídicas, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad domiciliada en el área del Plan Director para la recuperación del conjunto histórico de Lorca (Anexo II de la Orden publicada en BORM n.º 101 de 4/5/23) e incluida entre las Actividades Económicas descritas (Anexo III de la Orden publicada en BORM n.º 101 de 4/5/23).
Gastos elegibles:
.- Obras de acondicionamiento del local de negocio incluyendo los trabajos de diseño y proyectos de técnicos.
-. Instalaciones técnicas: Saneamiento, eléctrica, climatización y de seguridad.
-. Mobiliario nuevo.
-. Bienes de equipo nuevos (se excluyen los equipos y aplicaciones informáticas).
La inversión puede estar iniciada desde el 1 de enero de 2025 y no finalizada a fecha de presentación de la solicitud.
Las inversiones deben realizarse en las calles del Conjunto Histórico de Lorca incluidas en el mapa del Anexo II de la orden publicada en BORM nº 101 del 04/5/223.
El solicitante debe estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en uno de los epígrafes incluidos en el Anexo III de la orden publicada en BORM nº 101 del 04/5/223
Inversión mínima de 10.000 euros.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
COMERCIO, INDUSTRIA, INFO
28 días
Hasta el 31 de marzo 2026
Máximo 30.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas a la internacionalización de las empresas de la Región de Murcia.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Intensidad máxima a tipo fijo de 60% y un importe máximo por beneficiario de 30.000 euros.
Beneficiario:
PYMES, autónomos y personas jurídicas, cuya actividad objeto del proyecto se localice en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura, y a la producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El volumen de exportación, entendiendo por tales las entregas extracomunitarias, en el año 2024 no puede superar el 50% de su facturación total.
Gastos elegibles:
a) Costes derivados de desplazamientos de la empresa a los mercados objetivo para la realización de las acciones contempladas en su plan de internacionalización.
b) Costes vinculados a la participación, de forma agrupada o individual, en ferias, eventos expositivos y promocionales de carácter internacional.
c) Costes relacionados con las acciones de marketing internacional
Proyecto no iniciado o no ejecutado y pagado en más de un 40% antes de la fecha de presentación de la solicitud.
El proyecto de internacionalización deberá contemplar actuaciones correspondientes a un mínimo de dos categorías de gastos subvencionables y por un importe total mínimo de 10.000 euros.
No serán subvencionables los proyectos referidos a un país que ha sido objeto de ayuda en más de dos ocasiones en convocatorias precedentes del Programa de ayudas.
El plazo de realización de los proyectos aprobados será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y hasta 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión de ayuda.
Más información en el siguiente enlace: https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2023/numero/7388/pdf?id=823796
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INTERNACIONALIZACIÓN
28 días
Hasta 31 de marzo 2026
Máximo 10.000 euros
Denominación:
Ayudas INFO -Cheque para la profesionalización de la gestión de la empresa familiar
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad que será a tipo fijo del 70% sobre los costes elegibles.
Este % se incrementará en 15 puntos porcentuales para beneficiarios cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados la RIS4 Región de Murcia.
-Cuantía máxima de 5.000 € para pymes hasta 9 empleados.
-Cuantía máxima de 10.000 € par pymes con 10 o más empleados.
Para determinar el número de empleados se tendrá en cuenta la plantilla media del año natural anterior a la convocatoria y, en el caso de sociedades u otras personas jurídicas constituidas (o autónomos que inicien su actividad) en el año de la convocatoria, certificado de plantilla media desde la fecha de constitución o inicio de la actividad, según alta en el IAE, hasta la fecha de publicación de la convocatoria.
Beneficiario:
PYMES, comunidades de bienes, autónomos y personas jurídicas, de cualquier sector de actividad, salvo las dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y de la acuicultura y a la producción primaria de los productos agrícolas, que desarrollen las actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto dentro del ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Se primarán aquellos proyectos presentados por solicitantes cuya actividad esté enmarcada en ámbitos de actividad contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente y Sostenible de la Región de Murcia 2021-2027 (RIS4 Región de Murcia, www.ris4regiondemurcia.es).
Gastos elegibles:
El Servicio subvencionado por este cheque es la elaboración del Protocolo Familiar, acuerdo marco de naturaleza jurídica compleja, que contiene elementos o pactos propios de distintos contratos y que sirven de norma a la que han de ajustarse otros pactos complementarios de carácter más concreto (estatutos, testamentos, etc).firmado entre familiares socios de una empresas actuales o previsibles en el futuro, con la finalidad de regular la organización y gestión de la misma, así como las relaciones entre familia, la empresa y sus propietarios, para dar continuidad a la empresa, de manera eficaz y con éxito, en la siguiente generación familiar. Los costes subvencionables serán los siguientes:
- Gastos de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica adaptada al beneficiario para alcanzar los objetivos de estas bases reguladoras de subvenciones, contratados en su totalidad a proveedores externos para la prestación de los servicios de conformidad con lo previsto en el artículo 1. Se podrán incluir, asimismo, gastos de certificación en normas de calidad o similares de amplio reconocimiento para el servicio solicitado, y costes de investigación contractual destinados de manera exclusiva a actividades de investigación y desarrollo.
- Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles, aprobados, certificados y comprobados, de la letra anterior.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
EMPLEO, INFO, INNOVACIÓN