Ayudas y subvenciones

Camino de migas
Consulta las líneas de subvención que ayudarán a regar tu negocio para que crezca, extienda sus ramas y te dé buena sombra y grandes frutos.
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Hasta el 14 de julio 2025
Máximo 80.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas para fomentar la innovación mediante la transformación digital de las empresas de la Región de Murcia, cofinanciadas por FEDER
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
-Intensidad máxima del 50% sobre los costes elegibles aprobados.
-El importe máximo subvencionable del coste elegible "Adquisición de activos materiales" no podrá exceder el 50% del presupuesto subvencionable del proyecto, y en ningún caso superará el importe de 50.000 euros.
Beneficiario:
PYMES (autónomos y personas jurídicas), que desarrollen actividades subvencionadas en un centro de trabajo abierto en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que estén encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
- Sección C Divisiones 10 a 33
- Sección D, E y F-Divisiones 35 a 43
- Sección H-Divisiones 49 a 52.
- Sección I-Divisiones 55 a 56.
- Sección J-Divisiones 58 a 63.
- Sección M-Divisiones 69 a 74
Gastos elegibles:
-Colaboraciones externas. Serán elegibles los costes de contratación de servicios informáticos, incluyendo los desarrollos a medida, su instalación; asesoramiento técnico específico; consultoría y diagnóstico TIC, así como los costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implantación del proyecto
-Inversiones inmateriales. Software relacionado con el desarrollo del proyecto de transformación digital: Licencias de software, excluyendo el software de propósito general como por ejemplo los sistemas operativos, aplicaciones monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
-Adquisición de activos materiales nuevos
-Coste del informe de auditoría de ciberseguridad. El importe máximo elegible de este coste no podrá superar los cinco mil euros.
-Costes indirectos. Costes indirectos que se calcularán a tipo fijo del 7% sobre los costes directos elegibles
Importe mínimo del proyecto (costes elegibles) 70.000 euros.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

10 días
AYUDA INFO DIRIGIDA A FOMENTAR LA INNOVACIÓN Y EL EMPRENDIMIENTO. CATEGORÍA 1: INCUBADORAS DE EMPRESAS
Hasta el 24 de julio 2025
Máximo 550.000 euros
Denominación:
Programa de ayudas dirigidas a fomentar la innovación y el emprendimiento.
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 100%, y un importe máximo por beneficiario de 550.000 €
Beneficiario:
Fundaciones, asociaciones o empresas privadas, que cumplan la condición de PYME; que tengan entre sus actividades la incubación o aceleración de pymes innovadoras. Dichas entidades deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. deben estar radicadas y ejercer su actividad en la Región de Murcia, desarrollar una actividad no económica, de las previstas en el apartado de "actuaciones subvencionables" del Anexo 1
2..que tengan al menos dos años de experiencia en la incubación y aceleración de empresas ya sea en la Región de Murcia o a nivel nacional o internacional.
Categoría 1: Incubadoras de empresas, que deberán contar con instalaciones para el alojamiento físico de empresas, y prestar servicios básicos como agua, electricidad, teléfono e internet.
Gastos elegibles:
Gastos que estén directamente relacionados con la realización del proyecto o actividad subvencionada. Tendrán la consideración de costes elegibles los siguientes conceptos, sin perjuicio de que las respectivas convocatorias puedan excluir o limitar los mismos, o su cuantía:
- Se consideran costes de personal subvencionables los costes brutos del personal que desarrollen las actividades subvencionadas, que tengan un contrato laboral con el beneficiario diligenciado por la autoridad laboral y unas cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen general como trabajador por cuenta ajena
- Los gastos de colaboraciones externas y consultorías cuando resulten necesarios y adecuados para el desarrollo de las actuaciones y/o proyectos propuestos, y no puedan ser llevados a cabo por medios personales propios del beneficiario
- Gastos de viajes, alojamientos, locomoción, y entradas a eventos, inequívocamente vinculados a algunas de las líneas de actuación no económicas aprobadas, con un máximo del 10% de los costes directos de personal subvencionables, siempre que se acrediten documentalmente en el momento de la presentación de la correspondiente cuenta justificativa. Se deberá justificar para cada viaje el interés en asistir al evento y su vinculación a las ayudas a los emprendedores y las empresas.
- Los costes indirectos calculados son arreglo al tipo fijo del 15% sobre los gastos directos de personal subvencionables.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INFO, INNOVACIÓN

78 días
30 de septiembre de 2025 (antes si se agotase el crédito presupuestario).
Máximo 30.000 euros
Denominación:
PROGRAMA DE APOYO A LOS DIGITAL INNOVATION HUBS (PADIH)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo equivalente de los servicios que reciba la pyme no podrá superar los 30.000 €.
Las ayudas en especie se concederán en régimen de concurrencia no competitiva.
El solicitante podrá presentar varias solicitudes hasta agotar el importe total de la subvención máxima posible por beneficiario, siempre y cuando se respete también el límite de importe máximo por tipo de servicio para el total de las solicitudes presentadas
Beneficiario:
Pymes válidamente constituidas con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España, de cualquier sector productivo.
Gastos elegibles:
Este programa consiste en financiar a las pymes españolas los servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas a través de entidades colaboradoras de los centros de la red EDIH:
- Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías (cuantía máxima 10.000 €)
- Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas (cuantía máxima 20.000 €)
- Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología (cuantía máxima 5.000 €)
- Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación (cuantía máxima 5.000 €)
Consultar metodología de gestión de esta subvención y listado de centros de la Red EDIH en el siguiente enlace:https://www.eoi.es/es/padih/plataforma
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs

109 días
PROGRAMA KIT DIGITAL COMUNIDADES DE BINES, SOCIEDADES CIVILES CON OBJETO MERCANTIL Y EXPLOTACIONES AGRARIAS DE TITULARIDAD COMPARTIDA
Hasta el 31 de octubre 2025
Máximo 12.000 euros
Denominación:
Ayudas destinadas a la digitalización de las CB, SC con objeto mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida (entre 0 y menos de 50 empleados)
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de doce mil euros (12.000 €), seis mil euros (6.000 €) o tres mil euros (3.000 €), en función del Segmento al que pertenezca. Las entidades que obtuvieron la condición de beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital del Segmento III por un importe de 2.000 euros, podrán solicitar la ampliación de 1.000 euros mediante una declaración de conformidad, a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Beneficiario:
Las comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida del Segmento I (entre 10 y menos de 50 empleados), del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados) y del Segmento III (entre 0 y menos de 3 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Gastos elegibles:
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
https://www.acelerapyme.gob.es/kit-digital/soluciones-digitales
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Habrá mejora funcional cuando concurran las siguientes circunstancias:
• Que la solución de digitalización sea completamente nueva y cumpla todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenezca, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras
• y que la solución a sustituir no cumpla alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, TICs

144 días
Hasta el 5 diciembre 2025
Hasta 1.000 euros
Denominación:
Ayudas para proteger la propiedad industrial - Fondo para Pymes «Ideas Powered for business» 2025
Información y contacto
tlf: 968 362 800 /
968 362 821
oficinafinanciera@info.carm.es
Importe:
Protección de marcas, dibujos y modelos
-Reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, a escala de la UE.
-Reembolso del 75 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, a escala nacional.
-Reembolso del 50 % en las tasas de solicitud de marcas y diseños industriales, las tasas de designación y las tasas de designación posteriores fuera de la UE.
Las solicitudes serán resueltas por orden de llegada hasta agotar los fondos asignados a esta línea de ayuda.
Beneficiario:
Pequeñas y medianas empresas (pymes) establecidas en uno de los Estados miembros de la UE.
Gastos elegibles:
Son considerados gastos elegibles las tasas correspondientes a la protección de derechos de propiedad industrial (PI)
Nota: La protección de la propiedad industrial a través del Fondo para Pymes puede abarcar muchos activos diferentes, como marcas, diseños, patentes y variedades vegetales. Esta protección se convierte en una necesidad en la era digital ya que es una forma legal de evitar que sus ideas, productos o servicios únicos se copien o se utilicen sin permiso.
Para más información disponen de los siguientes canales de comunicación:
servicio gratuito de apoyo en materia de PI (apoyo gratuito personalizado en materia de propiedad intelectual) para las pymes que necesitan orientación a este respecto.
965 139 100.
Tipo de financiación:
SUBVENCIONES
Ámbito:
INNOVACIÓN, OTROS