Financiación Sistema de Garantías Recíprocas (SGR)

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Ofertas de financiación propia o de organismos estatales y entidades autónomas
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Para apoyar a las empresas en la financiación de inversiones a través del Sistema de Garantías Recíprocas del Info
¿Cúal es el objetivo?
Que las pequeñas y medianas empresas puedan llevar a cabo proyectos de inversión mediante el acceso a financiación a través del sistema de garantías recíprocas.
¿Quienes son los beneficiarios?
Cumpliendo las condiciones del párrafo anterior, podrán acceder a la condición de beneficiarios las comunidades de bienes que aún careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la comunidad de bienes. No podrá disolverse la comunidad de bienes hasta que haya transcurrido el plazo legal de prescripción para la exigencia de reintegro, así como para la determinación de infracciones e imposición de sanciones.
¿Qué me subvencionan?
- Subvención en concepto de subsidiación del coste del aval establecido en el contrato de aval entre el beneficiario y la entidad avalista, desde el 1 de enero de 2022, con un máximo del 1 % anual sobre el saldo anual vivo y hasta el plazo máximo de la vigencia del aval con el límite de las 15 primeras anualidades del préstamo avalado, no existiendo límite en cuanto a importe del aval.
- La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario, no podrá exceder de 35.000 euros.
- El importe del coste de aval se abonará de una sola vez al beneficiario de la ayuda una vez se presente la cuenta justificativa. Para el cálculo del importe de las comisiones no devengadas se utilizará una tasa de actualización al tipo del 0,65%.
¿Cómo me inscribo?
A través de la Sede Electrónica (InfoDirecto)
La solicitud de subvención se podrá presentar telemáticamente hasta las 24 horas del día 30 de noviembre de 2022
Más información:
ayudasinfo@info.carm.es
900 700 706

abiertas

900 700 706 // Whatsapp: 608 454 488
informacion@info.carm.es