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Apoyo a las Empresas de la Región a través del Sistema de Garantías Recíprocas

Programa dirigido a apoyar a las empresas de la Región de Murcia en el acceso a préstamos avalados por una Sociedad de Garantía Recíproca.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2009

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE APOYO A LAS EMPRESAS DE LA REGIÓN A TRAVES DEL SISTEMA DE GARANTÍAS RECÍPROCAS
Convocatoria Publicada en BORM nº25 de 31 de enero de 2009
Modificada en BORM nº182 de 08 de agosto de 2009
Objeto y Beneficiarios

Apoyar a las empresas de la Región de Murcia, Pymes o no, en el acceso a préstamos avalados por una Sociedad de Garantía Recíproca, con establecimiento abierto en la Región de Murcia, destinados a la realización de inversiones tendentes a la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de un establecimiento existente, o la diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales o un cambio fundamental en el proceso de producción global de un establecimiento existente.

Ayuda

Subvención en concepto de subsidiación del coste del aval del 1,5% anual sobre el saldo anual vivo hasta un máximo de las quince primeras anualidades de amortización de la operación de préstamo avalado.

Requisitos
  • Que el solicitante de la ayuda no inicie la ejecución del proyecto antes de la fecha de presentación de la solicitud.

  • Cuando el solicitante sea una gran empresa, deberá justificar que el proyecto no se ejecutaría en la Región de no otorgarse la subvención.

  • Aportación mínima del 25%.

  • Las inversiones objeto del proyecto subvencionado deberán mantenerse durante al menos cinco años, o durante tres años en el caso de las Pymes.

  • El aval objeto de subvención garantizará un préstamo cuyo importe no podrá superar el 60% de los costes elegibles subvencionados.

Costes elegibles
  • Activos materiales nuevos dentro de los conceptos de terrenos, edificios, instalaciones y maquinarias, aunque el valor de los gastos correspondientes a terrenos no podrá superar el 10% del importe del proyecto. Cuando el beneficiario sea una Pyme, los edificios que no tengan la consideración de activo fijo nuevo (primera transmisión) tendrán la consideración de coste elegible.

Se excluyen como gastos subvencionables o elegibles las inversiones en activos móviles (vehículos de transporte exterior).

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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