Aval Covid 19

Camino de migas
Ofertas de financiación propia o de organismos estatales y entidades autónomas
Ofertas de financiación propia o de organismos estatales y entidades autónomas
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El Instituto de Fomento pone en marcha este programa de ayudas, enfocado específicamente a las empresas que están sufriendo los efectos de la crisis del coronavirus para facilitar, mediante la subsidiación de avales, el acceso a la liquidez necesaria para afrontar las dificultades financieras actuales.
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¿Qué ofrecen?
Subsidiación de tipo de interés y, en su caso, coste del aval establecido en el contrato de préstamo y aval entre el beneficiario, la entidad financiera y, en su caso, la entidad avalista, con un máximo del 1,25% del tipo de interés del préstamo, con el límite de las cinco primeras anualidades de amortización del mismo; y, en su caso, del 0,75% anual en concepto del coste del aval y hasta el plazo máximo del mismo.
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¿Quién puede acceder?
Pymes de la Región de Murcia que se enfrenten a una falta de liquidez u a otro tipo de perjuicios significativos a raíz del brote de COVID-19
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¿Qué me financian?
Capital circulante necesario para el mantenimiento o restablecimiento de la actividad empresarial.
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¿Cuáles son los requisitos?
- Presentar la solicitud una vez formalizados los correspondientes contratos de préstamo con la entidad financiera y, en su caso, de aval con una sociedad de garantía recíproca u otra entidad financiera habilitada. Las citadas operaciones financieras deberán estar formalizadas a partir del 14 de marzo de 2020.
- En aquellos casos que el plazo de la operación formalizada sea igual o superior a 3 años, el beneficiario queda obligado a mantener el préstamo y, en su caso, el aval durante un plazo de, al menos, 3 años desde la formalización de las operaciones, así como a comunicar al INFO cualquier modificación que se produzca en las condiciones iniciales del préstamo que lleve aparejada una reducción o anulación del coste del aval y de los intereses durante los tres primeros años, en cuyo caso el beneficiario queda obligado a reintegrar al INFO el porcentaje de ayuda equivalente a los costes de aval e intereses no soportados.
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¿Qué costos son elegibles?
Capital circulante o inversiones para adquirir activos tangibles o intangibles con el fin de garantizar la continuidad de las empresas y el mantenimiento de los puestos de trabajo.
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¿Cómo acceder?
Sólo telemáticamente, via Sede Electrónica (INFO DIRECTO) [ENLACE]
- ¿Plazos?
Desde 28 abril 2020 a las 9:00 horas
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Información
ayudasinfo@info.carm.es
900 700 706