El objeto de este Programa es facilitar el acceso a préstamos destinados a dotar de liquidez a PYMES del sector agrario y ganadero.
Las ayudas otorgadas al amparo del presente programa están sometidas al régimen establecido en el Reglamento (CE) n.º 1535/2007 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2007, relativo a las ayudas de mínimis en el sector de la producción de productos agrícolas, publicado en el DOCE de 21 de diciembre de 2007 (L 337/35 a L 337/41).
Subvención de 2 p. de intereses de los préstamos que los beneficiarios obtengan de las Entidades Financieras con las condiciones señaladas en el presente programa.
El importe acumulado de las modalidades de ayuda descritas no podrá superar, en ningún caso, el importe de 7.500 euros.
Las características de los préstamos son las siguientes:
Podrán ser beneficiarias del presente programa las PYMEs, personas físicas o jurídicas (cooperativas y sociedades mercantiles), que no se encuentren en situación de crisis, pertenecientes al sector de la producción primaria de productos agrícolas y ganaderos que desarrollen su actividad en la Región de Murcia, con excepción de aquellas actividades o ayudas relacionadas con la exportación; y las subordinadas a la utilización de productos nacionales con preferencia a los importados.
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