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PLAN DE PAGOS DE SUBVENCIONES

La Resolución del Presidente de 14 de septiembre de 2012 (publicada en el BORM nº 218 de 19 de septiembre) aprueba y regula el Plan de pagos del INFO, mediante un procedimiento de adhesión que establece las condiciones de presentación y tramitación de las solicitudes y las cuantías a partir de las cuales los acreedores incluidos en su ámbito de aplicación podrán acogerse al plan de pagos de las subvenciones pendientes del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

1. Ámbito de aplicación.

Se podrán acoger de forma voluntaria al Plan de pagos INFO, las personas físicas o jurídicas que fueran acreedoras del Instituto de Fomento de la Región de Murcia por subvenciones otorgadas por el INFO, pendientes de pago, que a 31 de diciembre de 2011 hayan formulado la correspondiente justificación, y que den lugar a obligaciones de pago vencidas, líquidas y exigibles que superen la cantidad de 20.000 euros.

En el supuesto que las citadas obligaciones de pago, se encuentren endosadas o cedidas a terceros, serán estos últimos (endosatarios o cesionarios) quienes deberán formalizar, en su caso, los acuerdos de pago aplazado (apartado 4) y las cesiones de los derechos de cobro (apartado 6).

2. Consulta de los acreedores.

La relación de obligaciones correspondientes a subvenciones pendientes de pago y justificadas a fin de 2011, susceptibles de acogerse al Plan de Pagos INFO podrá ser objeto de consulta por parte de los acreedores, tanto de forma telemática, mediante acceso electrónico en la dirección https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto (se precisa de certificado digital), como de forma presencial en la sede del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, Unidad de Administración, sita en Avda de La Fama, 3, tercera planta, despacho nº 312/1, de Murcia capital, previa acreditación de la representación. Resulta conveniente que los interesados soliciten una cita previa para las consultas presenciales llamando al teléfono 968362817 ó 968362800.

3. Presentación de solicitudes y plazo.

Quienes estén interesados en participar en el Plan de pagos INFO, deberán presentar la solicitud en formato normalizado que podrán encontrar en la dirección https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto, dirigida al Presidente del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.

El plazo de presentación de las solicitudes de adhesión al Plan de pagos comprende desde el 20 de septiembre de 2012, hasta el 5 de octubre de 2012, ambos inclusive.

4. Procedimiento de presentación de las solicitudes y de formalización de los acuerdos de pago aplazado.

Los acreedores del Instituto de Fomento de la Región de Murcia comprendidos en el apartado 1, podrán presentar las solicitudes de participación en el Plan de pagos por cualquiera de las siguientes formas:

  • 4.1) Si la empresa DISPONE de certificado digital, bien sea éste de persona jurídica (en caso de empresas) o de persona física (en caso de autónomos), podrán adherirse al Plan de pagos telemáticamente, mediante acceso electrónico en la dirección https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto, donde podrán realizar las siguientes operaciones:

    • Consultar sus expedientes pendientes de pago y justificados antes del 31/12/2011 susceptibles de acogerse al Plan de pagos, tanto aquellos de los que sean beneficiarios como los que tenga cedidos.
    • Descargar el formulario de solicitud del formato normalizado de adhesión al Plan de pagos.

    Si la empresa desea adherirse al Plan de pagos, deberá cumplimentar los datos del modelo de solicitud y aceptación del acuerdo, firmarlo electrónicamente, y enviarlo. El sistema proporcionará al interesado un resguardo del documento de formalización de dicho acuerdo.

  • 4.2) Si la empresa NO DISPONE de certificado digital, o simplemente prefiere integrarse en el procedimiento de una manera presencial, o realizar consultas presenciales, podrá personarse en su caso, en la sede en la sede del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, Unidad de Administración, sita en Avda de La Fama, 3, tercera planta, despacho nº 312/1, de Murcia capital.

    La empresa podrá pedir cita previa llamando al teléfono 968362817 ó 968362800, y en la visita, la persona compareciente debe acreditar el poder de representación de la entidad acreedora tras lo cual, se podrán realizar tanto las consultas como los trámites para la aceptación de este Plan de pagos. La documentación a aportar por los acreedores para acreditar la representación será:

    1. En caso de PERSONA FÍSICA: DNI.
    2. En caso de PERSONA JURÍDICA: DNI del representante y copia simple de la Escritura donde se recoja el poder para aceptar cobros o copia compulsada del Acta de bastanteo de poderes.

    Previa acreditación ante el empleado público actuante de su personalidad y, en su caso, del poder de representación que ostente, en la forma indicada, el acreedor deberá autorizar mediante su firma al empleado actuante, quien cumplimentará en su presencia el modelo de solicitud y de aceptación del acuerdo y lo validará telemáticamente, entregando un resguardo y una copia del documento de la formalización de dicho acuerdo al interesado.

En las solicitudes se indicarán los importes y orígenes de las cantidades adeudadas, así como las condiciones de pago en cuantía y tiempo de las mismas que los acreedores están dispuestos a aceptar, incluido el coste del aplazamiento de la deuda.

La presentación de las solicitudes y consiguiente aceptación de los acuerdos de aplazamiento implicará la renuncia a reclamar intereses de demora, así como cualquier otro concepto.

5. Modalidades de aplazamiento de los Acuerdos.

El Plan de pagos comprende las subvenciones superiores a 20.000 euros.

Las modalidades de pago según las cuantías, son las siguientes:

  • Deuda entre 20.001 y 100.000 euros:
    • Plazo de pagos: 2 años.
    • Primer pago: 30/12/12 y último pago 30/11/14.
    • Pagos semestrales: excepto primero (2012), en mayo y noviembre de años sucesivos.
  • Deudas superiores a 100.000 euros:
    • Plazo de pagos: 3 años.
    • Primer pago: 30/12/12 y último pago 30/11/15.
    • Pagos semestrales: excepto primero (2012), en mayo y noviembre de años sucesivos.

En el caso de que una empresa tenga varios expedientes superiores a 20.000 euros, se sumarán todos ellos, y si la cuantía total supera los 100.000 euros, el pago será a 3 años.

El aplazamiento conlleva la percepción de un interés anual del 5,5%, que empieza a computar desde el 01/12/12 y hasta la fecha de pago. Cada amortización conlleva principal e intereses.

En el caso de que las obligaciones pendientes de pago hubieran sido objeto de cesión a una entidad financiera o un tercero, la facultad para formalizar los acuerdos de pago aplazado (apartado 4) y las cesiones de los derechos de cobro (apartado 6), serán ejercitados por el cesionario a quien se le haya transmitido su derecho de cobro.

6. Cesión de los derechos de cobro.

Una vez alcanzados los acuerdos a que se refiere el apartado 4, los acreedores podrán ceder sus derechos de cobro a entidades financieras, notificando dicha cesión al Director del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, con arreglo al sistema previsto en la dirección https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto.

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