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Promoción de Infraestructuras y Equipamientos Empresariales

Programa dirigido a fomentar la ejecución de Obras de Urbanización de nuevo suelo industrial, que desarrollen propuestas contenidas en las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Suelo Industrial de la Región de Murcia; así como a fomentar la Mejora Funcional y de Equipamientos de polígonos y parques empresariales, ya existentes.

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA ESPECIAL DEL ART. 22 DE LA LEY 7/2005, DE 18 DE NOVIEMBRE, DE SUBVENCIONES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA.

ESTA CONVOCATORIA FINALIZÓ A LAS 00:00 HORAS DE 29 DE OCTUBRE DE 2010

Esta ayuda se puede solicitar de forma totalmente telemática. Consulte LO QUE SE NECESITA PARA TRAMITAR ELECTRÓNICAMENTE para obtener toda la información necesaria para realizar la tramitación de esta ayuda.

En el menú de la derecha tiene usted todos los trámites asociados a este programa de ayuda.

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Nombre Programa PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS EMPRESARIALES
Convocatoria Publicada en BORM nº39 de 17 de febrero de 2010
Modificada en BORM nº71 de 27 de marzo de 2010
Objeto y Beneficiarios
  1. Fomentar la ejecución de Obras de Urbanización de nuevo suelo industrial, en Actuaciones que desarrollen propuestas contenidas en las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Suelo Industrial de la Región de Murcia; y que deberán contar con planeamiento ya aprobado definitivamente.

  2. Fomentar la Mejora Funcional y de Equipamientos prioritarios para el desarrollo de las actividades empresariales de polígonos y parques empresariales, ya existentes, tanto referentes a:

    1. Obras de Rehabilitación de la urbanización.

    2. Edificios y locales de Servicio, edificación , equipamiento y rehabilitación.

    3. Nuevas Instalaciones, destinadas a prestar nuevos servicios.

Podrán acogerse:

  1. Para Obras de Urbanización, de nuevos polígonos: Administraciones Locales y sociedades públicas que tengan como fin fomentar la promoción y obras de urbanización de nuevo suelo destinado a actividades económicas.

  2. Para Mejora Funcional y de Equipamientos prioritarios para el desarrollo de las actividades empresariales de polígonos y parques empresariales, ya existentes: las Administraciones Locales, sociedades públicas y las Entidades Gestoras de polígonos y parques industriales.

Ayuda

Subvención a fondo perdido en términos de subvención bruta de la inversión subvencionable de hasta un 30% para grandes empresas, 40% para medianas y 50% para pequeñas empresas.

Bonificaciones para los solicitantes que realicen la tramitación telemática de las solicitudes y resto del procedimiento, incluyendo la adhesión y utilización de la notificación electrónica y para los que se encuentren en municipios incluidos en el Plan Integral de Desarrollo de la Comarca del Noroeste y Río Mula.

Requisitos

Generales:

  1. Que el solicitante de la ayuda no inicie la ejecución antes de la fecha de presentación.

  2. Aportación mínima del 25%.

  3. Las inversiones deberán mantenerse durante al menos cinco años, o durante tres años en el caso de las Pymes desde la finalización del proyecto considerado. Los bienes inscribibles en un registro público deberán mantenerse al menos cinco años.

  4. Las subvenciones del presente programa se podrán acumular con las de otras administraciones.

  5. Los proyectos de inversión deberán localizarse en áreas de actividad económica programadas al efecto por la autoridad competente.

Específicos (solo) para obras de urbanización de nuevos polígonos:

  1. La Actuación (el parque o polígono empresarial) deberán tener la aprobación definitiva de todos los instrumentos del planeamiento. Así mismo, los instrumentos de gestión debidamente formalizados y aprobados.

  2. Estudio de viabilidad (económico-financiero) de la Unidad de Actuación, incluyendo una cuantificación de precios de terrenos, obras de urbanización y precios de venta estimados y cash-flow de toda la operación.

  3. Las Entidades Públicas estarán obligadas a realizar y presentar, con la justificación y solicitud de cobro, una tasación de los terrenos urbanizados una vez realizada la inversión, con el objeto de que el precio de venta de las parcelas no pueda ser inferior al valor de tasación, no pudiendo ser éste inferior al coste total del proyecto.

Costes elegibles
  1. Referentes a Obras de Urbanización:

    Activos fijos nuevos consistentes en inversiones en obras de urbanización (excluida la partida de adquisición de terrenos).

    La inversión subvencionable a considerar será la parte proporcional de los gasto de urbanización, correspondiente al suelo de su propiedad.

    No serán elegibles las inversiones de sustitución, entre las que se encuentran la mera reposición de infraestructuras.

  2. Referentes a la Mejora funcional y de Equipamientos prioritarios:

    1. Obras de Rehabilitación de polígonos ya existentes.

    2. Nuevos edificios (y/o locales) de servicio.

    3. Ejecución de nuevas instalaciones.

Socilitar más información

Correo Electrónico: ayudasinfo@info.carm.es
Teléfono: 900 700 706
Instituto de Fomento de la Región de Murcia

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Para cualquier duda sobre los Programas de Ayuda, ponte en contacto con nosotros a través del Centro de Información del Instituto de Fomento de la Región de Murcia.


De lunes a viernes el horario de atención al público será de 9 a 14h y telefónicamente de 8 a 15h en el teléfono 900 700 706.


También puedes enviar un email a ayudasinfo@info.carm.es.


Para otras consultas llama al 968 362800.

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